El informe elaborado por la Asesoría Letrada de la Junta de Transparencia y Ética Pública (Jutep) sobre el caso del presidente de ASSE, Álvaro Danza, concluyó que ,”se desprende la existencia de incompatibilidades e irregularidades” entre su cargo como titular del organismo y las actividades “de índole médica, docente y científica” que desempeñaba hasta hace poco.
Informe jurídico reservado de Jutep sobre Danza detectó "incompatibilidad" e "irregularidades" en su caso
“Estas instituciones son parte del Sistema Nacional Integrado de Salud al que ASSE contribuye en su implementación y con los cuales mantiene vínculos contractuales, según los cometidos que describe la normativa”, señala el informe en sus conclusiones primarias.
El informe de una asesora letrada de la Jutep al que accedió Subrayado a través de una respuesta a un pedido de acceso a la información pública, dado que el mismo fue declarado como reservado, concluyó la “incompatibilidad del cargo del presidente del directorio de ASSE con su actividad en instituciones médicas privadas (Médica Uruguaya, Asociación Española y CAMS de Soriano)”.
“Estas instituciones son parte del Sistema Nacional Integrado de Salud al que ASSE contribuye en su implementación y con los cuales mantiene vínculos contractuales, según los cometidos que describe la normativa”, señala el informe en sus conclusiones primarias.
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El informe jurídico también concluyó que “la actividad de Danza que ejerce en dichas instituciones no es docente, esto violenta el inciso final del artículo 200 de la Constitución de la República y el artículo 9 de la Ley de ASSE”.
Además, sostiene que “la normativa prohíbe a los funcionarios públicos ser empleados de entidades privadas que contraten con la institución donde desarrollan la función pública claramente ya que podría derivar en un conflicto entre el interés público y el privado”.
La Asesoría Letrada también detectó “incompatibilidades” entre su cargo como presidente de ASSE y la dirección del Consejo Editorial de la Revista Médica del Uruguay del Sindicato Médico del Uruguay (SMU) y con el cargo de profesor titular grado 5 de la Facultad de Medicina de la Udelar en la Unidad Académica Clínica Médica 2 del Hospital Pasteur.
“SUPERPOSICIÓN DE HORAS”. La Asesoría Letrada de la Jutep también detectó la “superposición horaria” entre sus funciones como presidente de ASSE y la docencia concretamente el pasado 4 de agosto, el 22 del mismo mes y el 10 de octubre pasado.
“Este aspecto queda alcanzado por el literal E del artículo 8 de la Ley 19.823 (Código de Ética en la Función Pública) por el cual el funcionario está obligado a cumplir con la jornada laboral establecida, dedicando la totalidad del tiempo de la misma al desempeño de sus funciones”.
La Jutep resolvió el 6 de noviembre por dos votos a uno, con los votos de los representantes del Frente Amplio, respaldar a Danza al señalar que no existían incompatibilidades entre su cargo en ASSE y los que desempeñaba en la actividad privada. Esta decisión fue cuestionada por la oposición por contradecir el informe jurídico elaborado por expertos del organismo.
De todas formas, ese mismo día Danza renunció a todos sus cargos en tres mutualistas privadas: Médica Uruguaya, Asociación Española y Cams de Soriano.
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