Tribunal de Apelaciones resolvió que el joven Moisés Martínez continúe en arresto domiciliario con tobillera, en respuesta a la apelación de Fiscalía por la decisión de la jueza María Noel Odriozola el pasado 20 de abril, según la sentencia a la que accedió Subrayado.
Moisés continúa en arresto domiciliario, tras resolución del Tribunal de Apelaciones sobre audiencia del 20 de abril
La Fiscalía también apeló la resolución de este martes, en la que la jueza Odriozola ordenó que el condenado continúe en domiciliaria tras incumplimientos.
Esta resolución no incluye lo que se trató en la audiencia de este martes, cuando Odriozola mantuvo el arresto domiciliario tras incumplimientos del joven. Esa decisión judicial también fue apelada por la fiscal Sabrina Flores y se conocerá la resolución del tribunal más adelante. Moisés Martínez fue condenado a 12 años de cárcel en primera instancia por el homicidio de su padre.
En la sentencia divulgada este miércoles, el Tribunal de Apelaciones explicó que "la gravedad del delito y la elevada pena a recaer son indicadores del peligro de fuga invocados, pero no constituyen por sí solos fundamento suficiente para acreditar el riesgo invocado y disponer o mantener una prisión preventiva. Fiscalía en su oralidad argumentativa debe justificar la existencia, hechos o indicios concretos que evidencien la probabilidad que el imputado intente fugarse, ocultarse o sustraerse de cualquier forma a la persecución de la justicia".
Justicia mantiene prisión domiciliaria de Moisés Martínez y solicita informe a ITF sobre su salud mental
"En este caso, la simple alegación de las circunstancias invocadas por la Fiscalía (gravedad del delito y pena elevada) no fueron acompañadas con la mención de evidencia alguna que haga presumir como probable el peligro de fuga", agrega el documento.
Respecto al tipo de delito y la obligación de solicitar prisión preventiva, otro argumento de Fiscalía, el Tribunal señaló que eso no es vinculante para la jueza.
"La atribución de un delito incluido en el elenco del artículo 224.2 no impone como condición “sine qua non" la prisión preventiva, -tal como parece desprenderse de lo expresado por Fiscalía-, y la presunción legal establecida para los delitos referidos en esa disposición, no exime a la Fiscalía de acreditar los hechos o indicios concretos que evidencian la probabilidad que se verifique el riesgo invocado (fuga), sin perjuicio de que la gravedad del delito -considerada para establecer dicha presunción- indudablemente influirá en la valoración de tales indicios", indica el texto y añade: "La interpretación de la presunción legal que efectúa la Fiscalía equivale a considerar la existencia de prisiones preventivas preceptivas, lo que conllevaría a la aplicación de penas anticipadas, todo lo cual se procuró erradicar en el sistema del CPP vigente".
Para el Tribunal de Apelaciones, Fiscalía tampoco presentó justificación para el alegato de que para "evadirse a la persecución de la justicia no es necesario salir del país sino que puede también ocultarse dentro del mismo".
"El imputado luego de dar muerte a su padre, no se fugó ni ocultó, por el contrario, permaneció en el lugar y una vez que arribó la policía les comunicó lo que había hecho, lo cual, lejos está de constituir un indicio de querer sustraerse a la justicia", explica el tribunal más adelante.
La audiencia del martes
La jueza María Noel Odriozola resolvió este martes mantener la prisión domiciliaria para Moisés Martínez, condenado por homicidio, pese a incumplimientos. Fiscalía resolvió apelar la resolución judicial.
Subrayado informó semanas atrás, en base a reportes de la tobillera electrónica que tiene colocada, que Martínez salió al menos tres veces de su casa cuando tiene prisión domiciliaria total. Sin embargo, la Justicia entendió que las violaciones no son de entidad como para acreditar un peligro de fuga.
“Los incumplimientos no dan cuenta de un dolo o una intención real de fuga”, indicó la abogada de Martínez, María de la Paz Echetto.
El 4 de junio habrá una nueva audiencia de seguimiento del arresto domiciliario, con citación de la madre de Martínez, y para seguimiento de la evaluación de su salud mental. Para esto, la jueza dispuso una pericia del Instituto Técnico Forense sobre el "estado actual de la salud mental del imputado y la existencia de riesgo autoagresivo, necesidad de internación o tratamiento y compatibilidad con el régimen de privación de libertad", señala información judicial a la que accedió Subrayado. Para esto, se solicitó "de forma urgente" la historia clínica de Moisés Martínez a ASSE, para derivar a ITF. Para esto, el imputado dio su autorización y relevó el secreto profesional.
Los argumentos que presentó la defensa de Moisés para mantener su arresto domiciliario “no justifica pero sí explica y la jueza entendió de recibo las explicaciones”, dijo y señaló: “Se dan estos dos incumplimientos donde en realidad son minutos, era de madrugada, estaba bajo el efecto de alguna ingesta de psicofármacos, que sin comprender mucho la situación del perímetro y solicitado por alguien externo, que es su pareja, por recibir un apoyo, era de madrugada, a una cuadra de su casa, él se retira y ante el llamado inmediatamente vuelve a su hogar”.
“Después hay un incumplimiento de 30 minutos, donde no se tiene una traza, que es simplemente porque no estaba instalado el dispositivo baliza, donde presentamos un testigo que da cuenta que él estuvo todo el tiempo dentro de su domicilio, simplemente que se había alejado del dispositivo que controla la tobillera, que lo perdió durante ese tiempo, lo estuvieron buscando y cuando sonó, al sonar una alerta pueden ir hacia el lugar donde propiamente estaba”, explicó.
Los abogados solicitaron un cambio de domicilio, que fue concedido por la Justicia y que quedará bajo reserva. La solicitud de la defensa en ese sentido fue porque “estaba la mirada pública, con vecinos filmándolo constantemente”, indicaron.
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