Justicia dictó el primer procesamiento por ley de responsabilidad penal empresarial

Un ayudante de arquitecto y un capataz de obra imputados al no tomar recaudos necesarios en una obra.

La jueza Fanny Cannesa resolvió procesar sin prisión a un ayudante de arquitecto y un capataz de obra, al considerar que no tomaron los recaudos de seguridad necesarios en torno a la caída de una linga de una grúa pluma, a unos once pisos de altura y sobre el área de circulación de trabajadores.

La obra estaba ubicada en la rambla del Buceo y la denuncia fue realizada por dos trabajadores en 2015, según informa el diario El País.

La fiscal Gabriela Fossati fue quien pidió los procesamientos y en su resolución, indica que "al momento del hecho, a pesar de tratarse de un trabajo de altura, no se dio aviso del trabajo a los obreros que se encontraban trabajando, ni se delimitó la zonas con los elementos de protección de estilo", según cita el matutino.

Por lo tanto, la imputación es por la omisión de adoptar el resguardo exigido por la normativa. Ya que la caída de la linga a tantos metros de altura, podría haber matado a uno de los trabajadores.

Por no tomar estas prevenciones, se los halló responsables de violar el artículo primero de la ley 19.196. Este fragmento de la normativa establece que "el empleador o quien ejerciendo efectivamente en su nombre el poder de dirección de la empresa, no adoptaren los medios de resguardo y seguridad previstos en la ley, de forma que pongan en peligro grave y concreto la vida, la salud o la integridad física del trabajador, serán castigados con tres a veinticuatro meses de prisión".

Ésta ley fue promovida por el Sindicato de la Construcción, con el objetivo de reducir los accidentes laborales en el sector. En lo que va del 2018, cinco obreros murieron a causa de estos incidentes.

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