CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Justicia desestimó acción de amparo presentada contra OSE, Presidencia y Ambiente por el agua salada

"Se acreditó que el Estado uruguayo se encuentra haciendo todo lo posible dentro de los límites de los recursos disponibles", afirma el juez Pablo Gandini.

El juez en lo Contencioso Administrativo de 3º turno, Pablo Gandini, desestimó este martes la acción de amparo planteada contra OSE, Presidencia de la República y el Ministerio de Ambiente por la salinidad en el agua y por presunta contaminación perjudicial para la salud humana, informó el Poder Judicial.

Gandini señala en su dictamen que "no surge acreditada la nota de ilegitimidad manifiesta para que prospere la acción de amparo", indicando además que "se acreditó que el Estado uruguayo se encuentra haciendo todo lo posible dentro de los límites de los recursos disponibles".

"En todo este proceso donde la población se encuentra preocupada por la salud atento al aumento en los parámetros de sodio y cloro se valora de suma importancia al amparo de la normativa vigente que el Estado brinde toda la información a la población a los efectos de tomar las decisiones", afirma el magistrado.

Según Gandini, "queda demostrado que la solución peticionada por los actores de impedir la toma de agua proveniente del Río de la Plata causaría un riesgo mayor para la salud de la población sometiendo a la misma a un riesgo bacteriológico, contaminando las redes de agua potable y cortando el saneamiento".

"Respecto a la información que brinda o debe brindar el Estado nada fue solicitado por los actores por lo que la sede esta inhibida a fallar en dicho punto. Respecto a si los grupos de población que el MSP recomienda disminuir o evitar el consumo de agua de OSE pueden acceder al agua mineral recomendada, tampoco nada de ello fue solicitado por los amparistas por lo que la sede no se pronunciara al respecto", indica el fallo.

sent-06-06-2023_amparo-ose-agua-salinidad.pdf

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