La Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la Fiscalía de Pando contra la absolución y la liberación de Diego Martín Scarpa y Jesús David Pereyra, por el crimen de Alejandro Novo, ocurrido el 14 de enero de 2009 en el marco de una rapiña. Novo era hijo de la diputada del Frente Amplio y referente de la Asociación de Familiares y Víctimas de la Delincuencia (Asfavide), Graciela Barrera.
Justicia declaró inadmisible casación de Fiscalía y mantuvo absolución de asesinos de Alejandro Novo en 2009
Diego Martín Scarpa y Jesús David Pereyra habían sido condenados en noviembre de 2024 a 21 y 22 años de cárcel por el crimen del hijo de la diputada del Frente Amplio y referente de Asfavide, Graciela Barrera. En febrero de 2026, Apelaciones los absolvió y liberó.
El 11 de noviembre de 2024, el Juzgado de Pando de 7º turno condenó a Scarpa a 21 años de cárcel y a Pereyra a 22 años por un delito de homicidio muy especialmente agravado en reiteración real con un delito de receptación a 21 años de cárcel.
En tanto, el 11 de febrero de 2026, el Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 3º turno falló revocando la sentencia en primera instancia y disponiendo la absolución a los encausados, y en consecuencia, su inmediata liberación.
Incautan 53 kilos de cocaína en Maldonado, valuados en USD 500.000: "Un golpe importante al narcotráfico"
Ante esto, la Fiscalía de Pando interpuso el recurso de casación para que el máximo órgano del Poder Judicial resolviera en el caso.
Para los ministros Doris Morales, John Pérez Brignani y Julio Posada Xavier, "en materia de casación penal (al amparo del CPP 1980) no es posible ingresar a la revalorización de los hechos en ningún supuesto, incluso en aquellas hipótesis en las que se constate una valoración probatoria que resulte absurda o arbitraria. La función de la Corte, consiste en tomar el hecho narrado por el Tribunal y reexaminar si la calificación jurídica es o no apropiada a los hechos que fueron tenidos por probados, nada más. En efecto, el material de hecho quedó absolutamente reservado al análisis de los órganos de primera y segunda instancia".
Lo más visto

Dejá tu comentario