La Intendencia de Montevideo envía este lunes a la Junta Departamental el proyecto que regula los vehículos de movilidad personal, como los monopatines eléctricos.
Estas son las reglas que deberá cumplir quien use monopatines y otros vehículos similares
El proyecto de decreto que regulará su uso es enviado por la Intendencia a la Junta de Montevideo este lunes.
También se incluye en esta regulación a las bicicletas comunes, las bicicletas asistidas por un motor, los triciclos a pedal y los de pedaleo asistido, las plataformas y los vehículos de dos, tres y cuatro ruedas.
Solo podrán ser conducidos por personas mayores de 16 años de edad, y además se establece la obligatoriedad del uso de casco de protección y vestimenta de alta visibilidad.
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Para los vehículos se fijan determinadas condiciones de seguridad, como contar con sistema de frenos, luces y dispositivos reflectivos, entre otros.
Además deberán respetar los diferentes límites de velocidad establecidos para la circulación en la vía pública, con excepciones: en el caso de los monopatines con y sin impulso así, como las plataformas, la velocidad permitida será hasta 25 km/hora. El resto de los vehículos hasta 45 o 50 km/hora, según el caso.
Los vehículos sólo podrán estacionar en zonas autorizadas por la Intendencia. Excepto los monopatines, bicicletas, triciclos y plataformas, el resto estarán obligados a empadronarse ante la comuna y sus conductores a tener el permiso único nacional de conducir (libreta).
El incumplimiento de la normativa implicará sanciones.
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