RACISMO

Cuatro empleados condenados por agredir a un compañero afrodescendiente

La víctima es discapacitada, y lo sometían a graves vejámenes. La denuncia fue presentada por el empleador, que recibió videos de las agresiones.

La Jueza Letrada en lo Penal de 38º Turno, Dra. Graciela Eustachio, condenó a cuatro empleados de una estación de servicio que agredieron física y psicológicamente a un hombre discapacitado por su condición racial y religiosa.

La denuncia fue presentada por el dueño de la estación de servicio donde trabajaban, cuando recibió a través de redes sociales dos videos que muestran las agresiones.

En una de las grabaciones se puede ver que uno de los victimarios le ata las manos a la víctima para inmovilizarlo, y le pega una cinta aisladora en su cabeza con forma de cruz.

Mientras tanto, otro de los hombres le propina varias cachetadas y lo toma del cuello.

Ambos insultan al hombre y lo amenazan durante varios minutos, refiriéndose a él como “este negro”.

El segundo video muestra a la víctima en el depósito de la estación, con las piernas y brazos abiertos amarrados en forma de cruz. Allí se puede ver a uno de los victimarios hablándole y cantándole canciones de “Jesucristo”.

Al mismo tiempo, los otros dos lo agreden físicamente en reiteradas ocasiones mientras se ríen. En determinado momento, uno de ellos mira la cámara, saluda a su primo de España y le dice “así tratamos a los negros en Uruguay”.

La víctima trabaja en el lugar desde hace cuatro años.

La fiscal del caso Dra. Mirta Morales solicitó la condena de D.U, R.P. y S.A. como autores de un delito de violencia privada especialmente agravado en concurso formal con un delito de comisión de actos de odio, desprecio o violencia hacia determinadas personas a la pena de cuatro meses de prisión.

En el caso del imputado C.L. la condena sería de seis meses de prisión por la doble comisión de los mismos delitos, ya que este participó de las agresiones en dos oportunidades.

Los victimarios confesaron y acordaron la realización de un juicio abreviado.

La magistrada hizo lugar al pedido de la Fiscalía, y la pena fue sustituida en su totalidad por un régimen de libertad vigilada, con obligación de todos los involucrados de residir en un lugar determinado y bajo la supervisión de la Oficina de Supervisión de Libertad Asistida (OSLA).

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