Jóvenes uruguayos podrán viajar a Portugal y trabajar para poder costearse las vacaciones. Esta mañana el ministro de Relaciones Exteriores y el embajador portugués firmaron un acuerdo.
Uruguay firmó acuerdo de "Vacaciones y trabajo" con Portugal: los detalles
"En Portugal hay bastante facilidad en conseguir un trabajo para los jóvenes que estén interesados en este mecanismo", afirmó el embajador portugués.
"Es importante un mecanismo como este para que haya un conocimiento más cercano entre los jóvenes de Portugal y los jóvenes de Uruguay", dijo el embajador portugués, João Pedro Antunes, y explicó que son "unas vacaciones largas".
Este programa de viaje permite a la persona que llega al país trabajar para tener medios para conocer y vivir unos meses allí.
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"El visado tiene un máximo de un año pero permite trabajar durante seis meses de ese año", explicó Antunes.
"Tenemos mucha falta de trabajadores en muchos sectores como hostelería, agrícolas. En Portugal hay bastante facilidad en conseguir un trabajo para los jóvenes que estén interesados en este mecanismo. Incluso porque hay también en determinados sectores como la hostelería y en agricultura se puede decir lo mismo, que hay una estacionalidad inversa entre verano e invierno y que permite también que incluso jóvenes que trabajan aquí en hoteles o restaurantes, que en Portugal tengan en época baja esa posibilidad", señaló.
a) Tengan la intención de ingresar al territorio del Estado del otro Signatario principalmente con el propósito de pasar vacaciones y sin que el empleo sea el motivo principal de la visita, sino accesorio para complementar sus fondos de viaje;
b) Que tengan entre 18 (dieciocho) y 35 (treinta y cinco) años de edad, ambos inclusive, en la fecha en que la solicitud sea recibida por la misión diplomática u oficina consular;
c) No estén acompañados por personas dependientes a menos que obtengan su propio estatus migratorio legal para ingresar y permanecer en el territorio del Estado del Signatario;
d) Sean de nacionalidad portuguesa o uruguaya y posean un pasaporte expedido por la República Portuguesa o por la República Oriental del Uruguay, en el que conste la nacionalidad portuguesa o uruguaya, respectivamente, válido durante al menos el período de estancia en el territorio del Estado del otro Signatario;
e) Tengan un boleto de ida y vuelta o fondos suficientes para comprar dicho boleto;
f) Posean medios de subsistencia suficientes para su estancia inicial;
g) Hayan pagado las tasas de solicitud correspondientes;
h) Cuenten con un seguro médico y de hospitalización integral que permanezca vigente durante todo el periodo de su estancia (o cumpla con requisitos equivalentes) con el fin de cubrir el período de estancia autorizado;
í) Cumplan con cualquier otro requisito de la ley migratoria del otro Estado Signatario, incluidos los requisitos de admisibilidad;
j) No se les haya emitido previamente una visa de vacaciones y trabajo (o equivalente) por parte del Estado de ese Signatario;
k) Aporten evidencia de que no tienen antecedentes penales;
l) No podrán tener un contrato de trabajo permanente ni trabajar por más de 6 (seis) meses;
m) Podrán asistir a cursos de formación o programas de estudio de hasta 6 (seis) meses de duración.
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