EMPRESA CHINA

Tres ciudadanos chinos condenados por responsabilidad penal empresarial tras 21 clausuras en obra de tendido eléctrico

En las inspecciones del Ministerio de Trabajo, se detectaron irregularidades en los alojamientos que atentaban contra la salud y la dignidad de los empleados, según la Fiscalía. Sunca había denunciado condiciones y accidentes laborales.

La Justicia de Paysandú condenó por responsabilidad penal empresarial a tres ciudadanos chinos que se desempeñaban como gerentes de construcción y jefe de obra de una empresa contratista de China, a la que se encomendó el diseño, la construcción y el mantenimiento de 365 kilómetros de líneas de transmisión eléctrica en los departamentos de Tacuarembó y Salto.

Unos 700 trabajadores formaban parte de la plantilla de la empresa, donde más de 500 eran chinos y ecuatorianos. A lo largo del trazado, se establecieron diferentes frentes de trabajo y varios obradores en Paysandú, Salto y Tacuarembó, donde se alojaron a los empleados, en algunos con más de 260 personas.

Desde que se inició la obra, la Inspección General del Trabajo dispuso 21 clausuras preventivas, tanto en obradores como en frentes de obra, y aplicó varias multas por reiterados incumplimientos de la empresa. En las inspecciones, se detectaron irregularidades en los alojamientos que atentaban contra la salud y la dignidad de los trabajadores, según la Fiscalía.

"La clausura preventiva es la medida extrema que los inspectores de trabajo pueden tomar cuando se constata un peligro grave e inminente para la integridad física de los trabajadores. Estas actuaciones dan la pauta de que persisten a lo largo del tiempo condiciones de riesgo grave para el personal y persisten los incumplimientos de las normas de prevención y seguridad laboral", afirma la Fiscalía.

El Sindicato de la Construcción (Sunca) había denunciado esta situación, así como una serie de accidentes laborales y vehiculares, ante la Fiscalía, que investigó el caso. La indagatoria determinó que los ahora condenados "ejercían el poder de dirección en dichos sitios, siendo los responsables en materia de seguridad, higiene y condiciones ambientales de trabajo".

El artículo 1º de la ley de responsabilidad penal empresarial establece que "el empleador, o en su caso, quien ejerciendo efectivamente en su nombre el poder de dirección en la empresa, no adoptaren los medios de resguardo y seguridad laboral previstos en la ley y su reglamentación, de forma que pongan en peligro grave y concreto la vida, la salud o la integridad física del trabajador, serán castigados con tres a veinticuatro meses de prisión".

En un proceso abreviado, la Fiscalía de Paysandú de 3º turno logró la condena de los tres ciudadanos chinos por reiterados delitos de responsabilidad penal empresarial a ocho meses de libertad a prueba, con la obligación de fijar domicilio, presentarse una vez por semana en la comisaría y prestar servicios comunitarios. Tienen prohibido salir del país.

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