El fiscal Rodrigo Morosoli condenó mediante proceso abreviado a tres hombres por resistencia al arresto, en una de las primeras aplicaciones del nuevo delito creado en la ley de urgente consideración (LUC).
Primeros detenidos y condenados por resistencia al arresto, delito creado en la LUC
Se trata de tres hombres detenidos por disturbios en la explanada de la Intendencia, y que agredieron a los policías física y verbalmente.
Los imputados fueron detenidos en la madrugada del sábado 12 de setiembre por disturbios en la explanada municipal.
“Dos de ellos, quienes se identificaron como militares, resistieron con agresiones físicas y verbales la actuación policial”, dice el informe publicado por la Fiscalía.
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“D.G.F. fue condenado como autor penalmente responsable de dos delitos de lesiones personales especialmente agravadas en régimen de reiteración real (…) y un delito de resistencia al arresto especialmente agravado”, dice el comunicado.
Fue condenado “a la pena de ocho meses de prisión, los que cumplirá bajo el régimen de libertad a prueba con las siguientes obligaciones: presentación semanal en la seccional de su domicilio, prestación de servicios comunitarios con una carga de dos horas semanales durante tres meses y obligación de cumplir con un programa de tratamiento de la violencia”, informa la Fiscalía.
A su vez, “M.P.G. fue condenado como autor penalmente responsable de un delito de resistencia al arresto especialmente agravado, a la pena de seis meses de prisión, sustituidos por el régimen de libertad a prueba por igual período, con el cumplimiento, entre otras, de las siguientes condiciones: presentación semanal en la seccional de su domicilio, prestación de servicios comunitarios con una carga de dos horas semanales durante dos meses y obligación de cumplir con un programa de tratamiento de la violencia”.
Por último, “L.D.L.P. fue condenado como autor penalmente responsable de un delito de resistencia al arresto especialmente agravado, a la pena de seis meses de prisión, sustituidos por el régimen de libertad a prueba por el mismo plazo, con el cumplimiento de las siguientes condiciones: presentación semanal en la seccional de su domicilio, prestación de servicios comunitarios con una carga de dos horas semanales durante dos meses y obligación de cumplir con un programa formativo laboral”.
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