El Ministerio de Salud Pública (MSP) emitió un decreto que establece la regulación de medicación de tratamientos prolongados para patologías crónicas en todo el territorio nacional.
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MSP establece regulación por un año de medicación de tratamientos prolongados para patologías crónicas
El plazo de prescripción deberá hacerse por 1 año, salvo indicación clínica específica, a los efectos de garantizar la continuidad terapéutica y el acceso oportuno a los medicamentos en todo el territorio nacional.
El documento establece que es competencia del MSP y la Junta Nacional de Salud reglamentar los plazos de prescripción de los medicamentos de tratamientos prolongados. Estos son indicados para patologías crónicas que requieran una administración continua e ininterrumpida por 90 días o más.
El plazo de prescripción deberá hacerse por 1 año, salvo indicación clínica específica, a los efectos de garantizar la continuidad terapéutica y el acceso oportuno a los medicamentos en todo el territorio nacional.
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El texto indica que los psicofármacos y estupefacientes quedan excluidos de esta norma.
También señala que los prestadores de salud deben garantizar dentro de ese período de prescripción la continuidad ininterrumpida del medicamento, y podrá ser dispensado de forma mensual.
La renovación de la prescripción del tratamiento podrá ser realizada por médicos del primer nivel de atención, incluidos los de sanidad militar y policial.
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