Ministerio aclara que difundió restricciones a disfraces por error

El edicto publicado este jueves, que generó polémica por las prohibiciones a carnavaleros, está en desuso para la Policía y queda sin efecto

 

El edicto que publicó este jueves el Ministerio del Interior con restricciones al uso de algunos disfraces queda sin efecto. Fue difundido por error en base a un edicto que está en desuso, informaron este viernes.

Horas antes de que se diera comienzo al desfile de Carnaval, el Ministerio del Interior difundió el contenido de un antiguo edicto que refiere a las conductas que se debían evitar durante la fiesta popular para proteger a niños y adolescentes.

El comunicado alertaba que tanto para los integrantes de las agrupaciones carnavalescas como el público en general, estaba prohibido el uso de uniformes de policía y de las fuerzas armadas, así como insignias de la cruz roja, salud pública u otras de uso exclusivo del Estado. “Tampoco se podrán llevar trajes que satiricen ideas religiosas, políticas, filosóficas o étnicas”, decía el comunicado.

Finalmente, este viernes, Marcelo Barzelli, director de Unidad de Comunicación del Ministerio del Interior, informó que esta normativa es legal y está vigente pero no se aplica desde hace muchos años.

La Secretaría de Comunicación del Ministerio difundió el contenido del edicto por error como parte del protocolo del Carnaval pero los carnavaleros no tendrán limitaciones en las temáticas de sus disfraces.

Este era el texto del edicto publicado este jueves por la Policía:

 

"Con motivo de las fiestas a realizarse durante verano y carnaval, la Jefatura de Policía de Montevideo publicó un Edicto donde detalla las medidas adoptadas para que la fiesta; sea realmente una fiesta. 

En el Artículo 1º se autoriza el uso de disfraces, tanto para los integrantes de agrupaciones carnavalescas como al público en general. Esto estará vigente durante el período de carnaval que comenzará el  jueves 22 de Enero.

- A la hora de elegir el disfraz.

Se prohíbe el uso de uniformes de la Policía o de las Fuerzas Armadas, así como portar insignias de la Cruz Roja, Salud Pública u otras de uso exclusivo del Estado. Tampoco se podrán llevar trajes o enseñas que satiricen ideas religiosas, políticas, filosóficas o étnicas. Tampoco se podrá usar sirenas o bocinas cuya sonoridad las haga confundir con las de la Dirección Nacional de Bomberos, Salud Pública u otros servicios de auxilio.    

Cabe señalar que las normas que regirán estas festividades están encuadradas dentro de las disposiciones de la Constitución de la República, las Leyes, Decretos y Ordenanzas Departamentales. Las mismas se regirán por las normas que respecto a la Libertad de Expresión tienen las demás actividades culturales.

A los efectos de desestimular las acciones violentas, se prohíbe el juego con agua así como la quema de cohetes. Tampoco se podrán emplear objetos que puedan dañar o molestar a las personas como “colas de zorro” o “arañas”. La incautación por la policía dará lugar a la destrucción y en caso de reincidencia, el infractor será sometido a la Justicia de acuerdo con la Ley.

Durante el periodo de carnaval, los permisos para portar armas concedidos por el Decreto 652 del 22 de Diciembre de 1970 serán nulos en todos los lugares donde se realicen fiestas. Por otra parte, el tránsito de vehículos no empadronados solo será permitido previo obtención del permiso municipal.

- Niños, niñas y adolescentes

El Artículo 5to. refiere a la reglamentación del Instituto del Niño y el Adolescente Uruguayo (INAU) para la participación de menores de edad en la fiesta de carnaval. Según la disposición, en ningún caso se podrá permitir la actuación artística de niños, niñas y adolescentes menores de 18 años sin que previamente se hubiera obtenido la correspondiente autorización. Las autorizaciones se tramitan, si se trata de una actividad artística (exclusivamente) en el Departamento de Espectáculos Públicos, y si se trata de una actividad artística laboral en el Departamento de Inspección Laboral ubicado en Daniel Fernández Crespo 1796 o en las Jefaturas Departamentales del INAU, según corresponda.

No obstante, queda autorizada la participación de niñas y niños de 5 a 17 años durante el desarrollo del concurso oficial de agrupaciones carnavalescas infantiles denominado “Carnaval de las Promesas” que organiza la Intendencia de Montevideo (IM).

- Ruidos Molestos

El funcionamiento de los escenarios registrados ante la IM podrán funcionar, los días hábiles hasta la hora 01:00. Los días sábados, domingos, feriados y víspera de feriados hasta la hora 03:00. No obstante, se establece que los niveles sonoros máximos autorizados en esos casos son 56 decibeles en fincas vecinas. En caso de superar los límites previstos dará lugar a la aplicación de una sanción.

Los locales bailables podrán funcionar hasta la hora 07:00 los días viernes, sábados y víspera de feriados. En cuanto se presenten denuncias comprobadas de ruidos molestos, la extensión será suspendida hasta la hora 06:00, sin perjuicio de la aplicación de sanciones más severas en relación a su reiteración y gravedad.

Los escenarios se construirán en las condiciones que señale la autoridad municipal. No se permitirá la instalación a una distancia menor a 100 metros de establecimientos públicos y hospitales, ni en lugares en cuyas adyacencias se domicilien enfermos graves.

- Sanciones

Los contraventores de este Edicto (siempre que el hecho no constituya falta o delito que implique sometimiento a la Justicia) serán sancionados de acuerdo a las normas vigentes en la materia. Los promotores o empresarios serán puestos a disposición de la Justicia de Paz. Todo acto que afecte al niño, niña o adolescente y que represente una infracción en el Código de la Niñez y Adolescencia o al presente reglamento, deberán ser comunicados al INAU a los fines que corresponda.

El contenido de los Artículos desarrollados en el Edicto se basan en las disposiciones legales y administrativas vigentes, las cuales tienden al correcto ordenamiento de la convivencia social y a prestigiar ante nuestra población y los hermanos extranjeros, la cultura del país".

 

 

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