La jueza penal Silvia Urioste dispuso el procesamiento con prisión del militar retirado Eduardo Ferro por el secuestro de los militantes del Partido por la Victoria del Pueblo (PVP), Lilian Celiberti y Universindo Rodríguez, en noviembre de 1978 en Porto Alegre, en el marco de las operaciones represivas del Plan Cóndor.
Justicia procesó con prisión a Eduardo Ferro por el secuestro de Lilian Celiberti y Universindo Rodríguez
Los militantes del PVP fueron secuestrados en noviembre de 1978 en Porto Alegre, trasladados ilegalmente a Uruguay, sometidos a torturas y encarcelados hasta su liberación en noviembre de 1983.
Celiberti fue detenida en la Rodoviaria de Porto Alegre y llevada a dependencias de la Secretaría de Seguridad, donde fue sometida a golpizas y picana eléctrica para que diera datos del PVP y de sus integrantes. En el domicilio de Celiberti, los militares uruguayos con apoyo de pares brasileños detuvieron a Rodríguez y a los dos hijos de la mujer, Camilo y Francesca Casariego, de 8 y 3 años.
Los cuatro prisiones fueron llevados a la Secretaría de Seguridad y allí, los mayores fueron sometidos a apremios físicos e interrogatorios. Los detenidos fueron trasladados en vehículos particulares hasta la frontera con la ciudad de Chuy. Una vez ingresados a Uruguay, Celiberti y Rodríguez fueron interrogados nuevamente por Ferro y sometidos a golpizas y un simulacro de ejecución en un lugar de la costa uruguaya. El objetivo era obtener información sobre el líder del PVP, Hugo Cores, que vivía en Sao Paulo.
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Celiberti retornó a Porto Alegre con la custodia de Ferro a la espera de recibir contactos de integrantes del PVP y Rodríguez y los niños fueron trasladados a Montevideo por el resto del personal militar. Tras la intervención de Cores y la publicación de un reportaje sobre la detención ilegal de Celiberti, la militante fue nuevamente trasladada a Uruguay a través de Santana do Livramento y sometida a torturas en una unidad militar de Montevideo.
El 6 de diciembre de 1978, Celiberti y Rodríguez fueron llevados al Batallón de Infantería N.º 13, donde volvieron a ser interrogados bajo tortura y aceptaron firmar una declaración en la cual admitían que habían sido detenidos en la frontera con Brasil, portando documentación falsa y armas. Fueron sometidos a la Justicia Militar, condenados y recluidos en el Penal de Libertad en el caso de Rodríguez y en Punta de Rieles en el caso de Celiberti, hasta su liberación el 19 de noviembre de 1983.
La jueza Urioste entendió que Ferro deberá responder en calidad de autor penalmente responsable de cuatro delitos de privación de libertad especialmente y muy especialmente agravados, en concurrencia fuera de la reiteración con dos delitos de violencia privada especialmente agravados.
“En efecto, el imputado participó en la privación ilegítima de la libertad -en violación de los arts. 15 y 16 de la Constitución- de Universindo Rodríguez, Lilian Celiberti y los niños Camilo y Francesca Casariego, quienes fueron aprehendidos en Porto Alegre-Brasil y trasladados clandestinamente a nuestro país, ingresando sin cumplir con los controles migratorios de rigor, siendo conducidos por sus captores en presencia del militar Eduardo Augusto Ferro Bizzozero, quien con su accionar continuó ejecutando los actos consumativos del delito”, afirma el fallo judicial.
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