Justicia investiga si Tabárez le compró casa a su ex mucama

El DT de la selección pasó de acusador a indagado. Según la mujer, le compró una casa en Solymar para que estuviera cerca del complejo Uruguay Celeste

 

El juicio iniciado por el técnico de la selección Oscar Washington Tabárez a su ex empleada doméstica por el robo de casi medio millón de dólares está dejando al descubierto una historia que de otro modo hubiera quedado sepultada en la intimidad, detrás de la persona pública.

Actualmente hay dos demandas en curso, una penal y otra civil.

La justicia investiga cuál es la relación del deportista y su ex empleada, una mujer que trabajaba en su casa desde hacía más de una década.

La ex mucama, de 29 años, fue procesada en diciembre de 2010 por el juez Homero Da Costa. Estuvo en prisión 11 meses. Junto a ella fueron inculpados su hermana y el concubino.

Se comprobó que, durante meses, la mujer había extraído dinero de una cuenta de Tabárez usando una tarjeta de débito cuya clave había conseguido.

Con esa plata, renunció y luego se supo que ella había adquirido bienes y había abierto un negocio gastronómico.

En principio, Tabárez había negado toda relación sentimental con la mujer. Pero los mensajes de textos -muchos de los enviados durante el desarrollo del Mundial de Sudafrica- daban cuenta que era cierto el testimonio de la acusada.

Posteriormente, el DT asumió que se había relacionado con ella estando separado de su esposa.

Ahora el juez de la causa intenta saber si otro dato de la acusada es cierto: la casa que adquirió no fue con dinero robado, sino que fue el propio Tabárez quien decidió regalarle la propiedad -en Ciudad de la Costa- para que estuviera cerca del Complejo Uruguay Celeste.

El dato es clave porque si se comprobara que es verdad, podría cambiar el curso de la investigación, e inclusive la mujer podría quedar exonerada de delito, informa hoy El Observador.

Incluso, informa el matutino, el entrenador podría ser procesado por mentir ante la justicia, de acuerdo a lo consagrado por el artículo 180 del Código Penal como falso testimonio.

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