La jueza penal Marcela Vargas dispuso este martes dar lugar a la solicitud de desafuero del senador del Partido Nacional, Gustavo Penadés, pedido por la fiscal de Delitos Sexuales, Alicia Ghione, que lo investiga por delitos de índole sexual tras ser acusado públicamente de abuso.
Jueza Vargas hizo lugar al pedido de desafuero de Penadés y pasó el expediente a la Suprema Corte
El desafuero había sido pedido por la fiscal de Delitos Sexuales, Alicia Ghione, que lo investiga por delitos de índole sexual tras ser acusado de abuso.
Vargas, a través del decreto Nº 1403/2023 del 30 de mayo de 2023, resolvió dar curso al pedido de Ghione, conforme con lo dispuesto por el artículo 114 de la Constitución. La norma establece que "ningún senador o representante, desde el día de su elección hasta el de su cese, podrá ser acusado criminalmente, ni aún por delitos comunes que no sean de los detallados en el artículo 93, sino ante su respectiva Cámara, la cual, por dos tercios de votos del total de sus componentes, resolverá si hay lugar a la formación de causa, y, en caso afirmativo, lo declarará suspendido en sus funciones y quedará a disposición del Tribunal competente".
La jueza letrada en lo penal de 36º turno ordenó además que se eleve testimonio de las actuaciones a la Suprema Corte de Justicia (SCJ) a efectos de su tramitación.
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El artículo 240 de la Constitución establece que la comunicación entre poderes del Estado se realiza a través de la SCJ. Por lo tanto, la Justicia comunicará lo resuelto al Parlamento por escrito del máximo órgano jurisdiccional. La SCJ opera como mero intermediario formal, ya que no interviene de ningún modo en la sustancia del asunto.
En su resolución, Vargas establece que, "si bien la solicitud planteada ameritaría convocar a audiencia al senador G.C.P.E. asistido por su Defensa a efectos de transmitirle el planteo formulado por la Fiscalía y con el propósito de escucharlo, se deja de lado la inmediación (principio art. 12 CPP y art. 8 CGP que refiere a la presencia del juez en los actos de juicio) en atención a las consecuencias mediáticas de tal instancia y considerando que el instituto de los fueros pertenece a la Cámara y no al legislador individualmente considerado".
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