Juez dijo que los delitos de la dictadura no prescribieron

Fernández Lecchini negó así el pedido de libertad del único procesado por la muerte de Julio Castro. Aquí el fallo completo del magistrado.

 

El juez penal Juan Carlos Fernández Lecchini rechazó el pedido de clausura de la investigación por el homicidio del maestro Julio Castro durante la dictadura, y sostuvo que el crimen no está alcanzado por la prescripción de los delitos cometidos por policías y militares entre 1973 y 1985.

Para sostener esa tésis, Fernández Lecchini señala en su fallo que “entre los años 1985 y 2005 el Estado no pudo enjuiciar los delitos cometidos durante el proceso cívico militar porque éste aun conservaba la fuerza para trabar los procesos o impedir que se iniciaran”.

Para el juez, recién el plazo de la prescripción se debe computar desde el 1° de marzo de 2005, cuando el Frente Amplio llegó a gobierno, ya que las administraciones anteriores no habilitaron la indagatoria amparándose en la ley de Caducidad.

La defensa del ex policía Ricardo Zabala, único procesado por este crimen, había pedido el archivo de la causa tras la resolución de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) de declarar inconstitucional la ley de 2011 que modificó la prescripción de los crímenes de la dictadura, anulando en los hechos la ley de Caducidad.

Julio Castro, maestro y periodista, de 68 años de edad, fue detenido en la calle y posteriormente trasladado hasta un centro de detención clandestino. Sus restos recién fueron encontrados a fines de 2011 en un predio militar del Batallón 14 de Toledo.

Además de declarar inconstitucional la ley que anuló la ley de Caducidad, la Suprema Corte señaló por mayoría (cuatro de sus cinco ministros) que los delitos de la dictadura prescribieron, por lo que sus presuntos responsables no pueden ser perseguidos, juzgados y procesados.

Varios fiscales y jueces sostienen lo contrario, pero el presidente de la Corte, Jorge Ruibal, aseguró que todos los casos que lleguen al máximo órgano judicial se encontrarán con una "muralla" respecto a la decisión de que los delitos prescribieron.

Cinco fiscales entendieron que estas declaraciones configuraban prejuzgamiento y recusaron a los cuatro ministros de la Corte que opinan de tal forma. El objetivo es que estos ministros no decidan en los recursos de inconstitucionalidad que se presenten en sus casos.

La Suprema Corte decidirá en las próximas horas si acepta esta recusación o la desestima. 

Aquí puede leer el fallo completo del juez

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