La ley de Voluntad Anticipada fue aprobada en 2009 y reglamentada en diciembre del año pasado. Establece que toda persona mayor de edad podrá negarse a recibir tratamientos médicos e indica que la expresión anticipada se realizará por escrito con dos testigos y podrá ser revocada en cualquier momento por el titular.
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Inician campaña de difusión del derecho a no recibir atención médica
El Colegio Médico explica de qué se trata la ley de Voluntad Anticipada en pacientes terminales y el derecho a morir con dignidad.
El diagnóstico de estado terminal será certificado por el médico tratante. El profesional también deberá comunicarlo al Comité de Bioética de la institución médica. Si hay objeción de conciencia del médico tratante se podrá sustituir por otro profesional
Raul Lombardi, miembro de la Comisión Asesora de Bioética del Colegio Médico señaló que esta legislación “es un avance” para proteger a los pacientes y a los médicos.
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Entre los problemas detectados, sin embargo, está la falta de información entre los médicos y que hay instituciones que no tienen su Comité de Bioética instalado.
El Colegio Médico inició diferentes actividades para educar y difundir el rol del médico al final de la vida de los pacientes.
Lombardi dijo a Subrayado que hay que establecer claramente a la población cuáles son las definiciones y conceptos a atener en cuenta.
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