INCONSTITUCIONALIDAD DE LEY DE MEDIOS

Gobierno concedió a cinco empresas de TV cable la habilitación para brindar servicios de internet

Los cableoperadores habían presentado un recurso de inconstitucionalidad contra un artículo de la Ley de Medios. Para la URSEC, la decisión redundará en beneficios para los usuarios.

El gobierno concedió a cinco empresas de comunicación de TV cable, la posibilidad de dar el servicio de internet, con la fundamentación en un fallo de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) que declaró inconstitucional el artículo de la “Ley de Medios” que les prohibía esa actividad.

La medida fue anunciada por la presidenta de Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), Mercedes Aramendía, y por el director nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicación Audiovisual, Guzmán Acosta y Lara, por el Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM).

La habilitación era solicitada por los cableoperadores en el sentido de que no hay monopolio del servicio de internet, pero las anteriores autoridades fundamentaban la negativa en la Ley N° 19.307 (Ley de medios. Regulación de la prestación de servicios de radio, televisión y otros servicios de comunicación audiovisual). El artículo 56 de esa norma indica que: “Las personas físicas o jurídicas que presten servicios de comunicación audiovisual regulados por la presente ley no podrán, a su vez, prestar servicios de telecomunicaciones de telefonía o de transmisión de datos” y que esa “incompatibilidad alcanza a las personas, físicas o jurídicas, integrantes de las personas jurídicas involucradas”.

Pero varias empresas de comunicación presentaron recursos de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia, contra esa prohibición, y el máximo órgano de la Justicia falló a su favor, en el entendido de que "no existen razones de interés general para limitar tales derechos, circunstancia que, por si sola, vulnera el principio de libertad previsto en la Constitución”.

La URSEC y el Ministerio de Industria decidieron que en base a ese derecho que le habilitó la Suprema Corte, correspondía darles licencia para brindar el servicio de datos, lo que en principio alcanza a los que lograron ese resultado: TCC, Montecable, Nuevo Siglo y dos cableoperadores del interior del país: Korfield de Colonia del Sacramento y Praimar de Pando, Canelones.

“Es un reclamo que tienen los operadores hace muchos años”, afirmó Acosta y Lara a Subrayado. “El Poder Ejecutivo tomó la decisión para quienes tenían la acción de inconstitucionalidad porque la Ley de Medios tiene varios artículos inconstitucionales, el 56, y a partir de eso se dio autorización a cinco cableoperadores que estaban en esa posición”, agregó.

“Hay muchos más que están llegando a las sentencias”, aseguró. “A partir de ahora, tres de Montevideo y dos del interior van a poder brindar internet”, adelantó.

“Es un adelanto y es algo muy importante, porque es más libertad para la gente”, subrayó.

Acosta y Lara indicó que el gobierno va por la derogación de la Ley de Medios. “El Poder Ejecutivo hace dos años que viene luchando por la derogación de la Ley de Medios. Es un debe que tenemos. Vamos a ir para que se derogue la Ley de Medios en la Rendición de Cuentas o por otros mecanismos, pero que pronto puedan todos los cableoperadores del país tener ese mismo derecho”.

En tanto, Aramendía destacó los pilares de la legislación uruguaya en cuanto a la protección, la libertad de elección y la promoción de la leal y sana competencia.

“Entiendo que esto es un hito y es un paso muy importante para lo que es el desarrollo de los servicios de telecomunicaciones de nuestro país, sobre todo para lo que son los servicios de internet”, consideró la presidenta de la URSEC.

“Ahora, las personas vamos a tener más posibilidades de elegir, y sin duda esto va a redundar en mejores servicios”, dijo.

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