La fiscal de Toledo, Stephanie Sandes, pidió una condena de siete años y medio de cárcel por homicidio culposo para los dos propietarios del depósito de fuegos artificiales Meteoro, por la explosión y el incendio en que murieron cuatro trabajadores en 2016, informó MVD Noticias y confirmó Subrayado con fuentes del caso.
Fiscalía pidió condena de siete años y medio para dueños de Meteoro por homicidio culposo
Fue por la explosión y el incendio de 2016 en el que murieron cuatro trabajadores en el depósito de fuegos artificiales ubicado cerca de Toledo.
Ocurrió el 25 de octubre de 2016. El incendio comenzó a las 15 horas en el depósito ubicado en el kilómetro 1 de Camino del Andaluz, a poca distancia de Toledo, en Canelones.
La investigación de Bomberos detectó importantes irregularidades en el depósito donde se produjo el accidente. El ambiente estaba viciado por pólvora negra, lo que permitió una rápida expansión del fuego.
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Sobre la forma en que comenzó el incendio, el documento de Bomberos sostuvo que pudo haberse activado accidentalmente por un explosivo conocido como "chasqui boom". Además, señaló que la ropa de los trabajadores no era la adecuada y pudo generar estática.
La electricidad en el galpón tenía el voltaje indicado, pero afuera se halló un tablero que estaba mal ubicado, que pudo haber colaborado con el desenlace. Contrariamente a las normas, se encontró en la escena tres celulares.
En el lugar donde se originó el fuego había cinco personas. Tres jóvenes, Damián Fagián, de 20 años, Jhon Rodríguez, de 22, y Víctor Méndez, de 27 años fallecieron carbonizados. Una cuarta víctima, Adrián Yianibelli, de 27 años, murió tres días más tarde en el Centro Nacional de Quemados (CENAQUE). Un quinto hombre se salvó de quedar atrapado dentro del lugar porque justo en el momento del incidente decidió ir al baño.
Siete meses después del incendio, la jueza de Toledo, Patricia Ferreira, envió a prisión a los dueños de la empresa. La fiscal Silvia Méndez había pedido el procesamiento por "homicidio culposo con resultado de pluralidad de muertes".
La defensa de los empresarios apeló y desde este momento se desató un largo litigio judicial. Un fallo de la Suprema Corte de Justicia, el 20 de agosto de 2019, dispuso que uno de los dueños quedara en libertad provisional.
El caso se rige por el Código del Proceso Penal anterior.
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