HABÍA DUDAS EN EL OFICIALISMO

Experto constitucional dijo que la ley de urgencia sí se puede someter a referéndum

Una ley de 1989 dice a texto expreso que las leyes de urgente consideración, aunque son privativas del Poder Ejecutivo, se pueden recurrir por referéndum.

Correa Freitas aseguró que una ley aprobada en 1989 establece a texto expreso que las leyes de urgente consideración pueden ser sometidas a referéndum, pese a ser leyes que solo puede presentar el Poder Ejecutivo y que el artículo 79 de la Constitución exceptúa de las normas que pueden ser recurridas por la ciudadanía.

Esa ley, la de 1989, vino a reglamentar el recurso de referéndum establecido en la Constitución, explicó Correa Freitas.

Dejá tu comentario