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Este lunes vence la cuarta cuota de la patente de rodados, con descuento por pagar en fecha

El descuento, o bonificación por pagar en fecha cada cuota es del 10%. Este lunes 22 de julio vence el plazo para pagar la cuarta cuota de la patente de rodados.

Este lunes 22 de julio vence el plazo para pagar la cuarta cuota de la patente de rodados en todo el país. El pago en fecha se bonifica con un descuento de 10% sobre el valor de cada cuota.

La patente en cuotas se paga en seis veces: enero, marzo, mayo, julio, setiembre y noviembre. Las últimas dos vencen el 20 de setiembre y el 20 de noviembre.

El pago se puede efectuar por internet o en las agencias de cobranzas habilitadas de todo el país. En el sitio web del Sistema Único de Cobro de Ingresos Vehículares (Sucive) se puede realizar la consulta del monto total y mensual de la patente.

Según la estadística disponible en el sitio, al 30 de junio los contribuyentes eligen en primer lugar el pago por medio de las agencias de cobranza; en segundo lugar el pago en línea y en tercer lugar el débito automático.

Hasta fines de junio se habían pago por concepto de patente más de 17.000 millones de pesos.

El director de asuntos vehiculares del Congreso de Intendentes César García Acosta dijo que no hubo grandes cambios a partir de la habilitación de pagar la patente a destiempo de las multas. Pero adelantó que habrá un cambio significativo a partir de la implementación de la libreta por puntos.

Este sistema está previsto comience a funcionar en julio del próximo año. Cada infracción grave tendrá una sanción de multa y quita de puntos de la libreta de conducir.

El borrador de decreto menciona que el titular del permiso único nacional de conducir que resulte multado “en forma personal o por sistemas electrónicos, podrá dentro de los 60 días de ingresada en el sistema automatizado, abonar la multa con el descuento del 30% en su valor, deviniendo firme la sanción, y bajo condición de declarar por escrito su renunciamiento a interponer recursos y apelaciones. Estas multas no se registrarán en los antecedentes del infractor”.

No aplican a este procedimiento las multas por consumo de alcohol y drogas, y aquellas que exceden el primer nivel del límite de velocidad (más de 21 km/h).

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