Un decreto del Poder Ejecutivo habilita el incremento de las cuotas y copagos en las instituciones de asistencia médica colectiva a partir del 1° de enero.
Decreto del Poder Ejecutivo habilita a aumentar cuotas y copagos de mutualista a partir del 1º de enero
De acuerdo a la normativa del gobierno, los prestadores de salud podrán aumentar el valor de las tasas moderadoras y copagos hasta en 2,5% de los valores vigentes. En ningún caso, las tasas moderadoras podrán superar los 880 pesos.
De acuerdo a la normativa del gobierno, los prestadores de salud podrán aumentar el valor de las tasas moderadoras y copagos hasta en 2,5% de los valores vigentes.
En ningún caso, las mutualistas podrán tener tasas moderadoras que superen los 880 pesos.
El Salario Mínimo Nacional tendrá ajuste de 4,1% y a partir del enero será de 24.572 pesos
El valor de la cuota salud del Fonasa para los hijos de los asegurados de entre 18 y 21 años también se incrementa en 2,43% en el valor per cápita, 2,5% para las metas y 2,5% en el sustitutivo de tiques.
ASSE podrá incrementar hasta 2,96% los valores de las cuotas de afiliaciones individuales, por núcleo familiar, sin el aporte al Fondo Nacional de Recursos.
A su vez, las instituciones médicas deberán presentar una declaración jurada a los Ministerios de Economía y Salud Pública con los recibos de cobro de las cuotas individuales.
El decreto publicado en la página web de Presidencia también incluye la actualización del Costo Promedio Equivalente, que se establece en 6.693 pesos a partir de enero de 2026.
Esto implica que el Estado devuelva menos aportes al Fonasa en setiembre de 2027.
Según informó el Ministerio de Economía se recaudarán 80 millones de dólares por este ajuste realizado.
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