Compras por internet: Aduanas aclara en qué casos no se pagan impuestos

Las encomiendas que no superen los US$ 200 quedan exentas. Se recuerda que se puede hacer uso del régimen de franquicia cuatro veces al año.

La Dirección Nacional de Aduanas emitió una aclaración pública ante una información errónea sobre encomiendas postales internacional de entrega expresa.

Aquellas cuyo valor de factura o declaración de valor no supere los US$ 200 quedarán exentas del pago de tributos.

Por valor de factura se entiende el monto total detallado por el vendedor del exterior en la factura comercial de la compra, con o sin gastos de envío, según corresponda en cada caso.

Por declaración de valor se entiende el monto total que el destinatario hubiera tenido que pagar, de tener que comprar la misma mercadería a un vendedor del exterior.

Aduanas aclara que en caso de que lo facturado supere los US$ 200 dólares por tener el envío incluido, el destinatario deberá abonar los impuestos correspondientes, por no ampararse en la franquicia.

Aduanas recuerda que se modificó la cantidad de veces que una misma persona podrá hacer uso de los beneficios del régimen de franquicia (no pagando tributos), pasando de 5 a 4 veces por año.

 

Foto: AFP (Archivo).

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