La Dirección General Impositiva (DGI) informó en un comunicado que un número importante de trabajadores tienen un crédito a favor por el Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF) sin necesidad de realizar la declaración jurada y podrán comenzar a cobrar las devoluciones desde mediados de junio.
A partir de junio, DGI informará las devoluciones de IRPF correspondientes al ejercicio 2025
Para quienes deban realizar declaración jurada, tendrán plazo entre el 29 de junio y el 31 de agosto para presentar la documentación correspondiente.
Para saber si se está dentro de este grupo, se debe ingresar con identidad digital a Consulta de Devoluciones en Servicios en línea.
Para quienes si deban realizar declaración jurada, tendrán plazo entre el 29 de junio y el 31 de agosto para presentar la documentación correspondiente.
DGI advierte por intentos de estafa en devoluciones de IRPF vía correo electrónico
Deberán hacerlo aquellos trabajadores dependientes que hayan superado en 2025 los 963.510 pesos nominales y que no hayan percibido ingresos en diciembre de ese año. También deberán hacerlo quienes hayan superado ese monto y tenido más de un empleador, así como quienes, aun sin alcanzar ese nivel de ingresos, hayan registrado multiingreso simultáneo y no hayan presentado el formulario 3100.
También están obligados a presentar declaración jurada de IRPF los trabajadores profesionales y no profesionales que hayan prestado servicios personales fuera de la relación de dependencia durante el año 2025 y no hayan tributado IRAE por esas rentas.
En todos los casos se informará por SMS al celular registrado por el contribuyente si la devolución se encuentra disponible para cobrar o si presenta observaciones que surjan de los controles.
Para cobrar las devoluciones se puede elegir entre deposito bancario, redes de cobranza o certificados de crédito, solo en caso de ser trabajador independiente.
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