Sendic tuvo "proceder inaceptable en la utilización de dineros públicos"

Lea aquí el dictamen completo del Tribunal de Conducta Política del FA. Dice que su actuación "compromete su responsabilidad ética y política".

Este lunes se conoció el fallo del Tribunal de Conducta Política del Frente Amplio sobre la actuación del vicepresidente Raúl Sendic mientras estuvo al frente de Ancap.

El dictamen -al que accedió Subrayado pasado el mediodía- detalla que el accionar del vicepresidente "compromete su responsabilidad ética y política, con incumplimiento reiterado de las normas de control" y detalla que "no deja dudas de un modo de proceder inaceptable en la utilización de los dineros públicos".

Como agravante se detalla la especial responsabilidad que tenía en ese momento como Presidente del Directorio de ANCAP y la forma en que Sendic ha respondido públicamente a los cuestionamientos de su conducta.

Según el informe es "imposible admitir que hubiera ´casos extremos´o ´situaciones extremas´en la gran mayoría de los gastos de Sendic", tal como él manifestó cuando fue interrogado sobre el punto.

Además menciona que hubo "contradicciones entre dichos del vicepresidente realizados en la rueda de prensa y lo que luego reconoció ante el Tribunal".

Aquí el fallo completo:

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PRINCIPALES PUNTOS

El fallo toma en cuenta los antecedentes de Sendic, primero como vicepresidente del directorio de Ancap ( desde marzo de 2005 a agosto de 2009) y luego como presidente (de marzo de 2010 a octubre de 2013).

En el mismo se detalla que se reglamentó el uso de las tarjetas corporativas en base a la propuesta realizada por el propio Sendic donde se deja claro que se trata de “tarjetas con un régimen especial, distinto del aplicable a las demás otorgadas por ANCAP”.

En la teoría, cada director de Ancap estaba obligado a efectuar mensualmente una rendición de cuentas presentando comprobantes de pago, pero en la práctica ninguno lo hizo. Además en ninguna de las actuaciones posteriores del ente se controlaba la naturaleza ni la pertinencia de los gastos efectuados por los directores.

Sendic admitió la veracidad de los gastos que trascendieron en la prensa y reconoció que la naturaleza de los mismos puede resultar “extraña” a la gente en general.

EXPLICACIONES DE SENDIC.

Según consigna el fallo del TCP, entre los puntos presentados por Sendic se encuentra el contexto de la empresa "de una dimensión que no tiene parangón en el país, lo cual hace que los encuentros internacionales, tanto gubernamentales como empresariales, se desarrollen en condiciones que no admiten comparación”. Además, Sendic mencionó las “enormes desprolijidades” que encontró el directorio al instalarse en 2005.

Argumentó ante el TCP que las tarjetas de los Directores se mantuvieron “porque son necesarias en países en que los precios son extremadamente elevados”. Aseguró que todos los gatos realizados en sus nueve años en ANCAP “estuvieron relacionados estrictamente” con su investidura y su responsabilidad.

El vicepresidente afirmó que el monto de los gastos cuestionados es “muy moderado y contrasta con el valor cuantioso de las operaciones” en que debe intervenir el presidente del organismo.

Además, argumentó que existe una campaña de hostigamiento político en su contra.

En el fallo, el TCP responde a las explicaciones y argumentos brindados por el actual vicepresidente.

INTENCIONALIDAD POLÍTICA. A propósito de la intencionalidad política de las imputaciones, el tribunal considera que debe “apreciar las imputaciones según su fundamento”, independientemente de las razones que hayan llevado a formularlas.

REGLAMENTACIÓN INCUMPLIDA.

El tribunal considera que la responsabilidad de Sendic en este sentido es “múltiple”, ya que incumplió la reglamentación que él mismo promovió y además los otros integrantes del directorio tampoco la cumplían.

“Los comprobantes que explicarían cada gasto y podrían aclarar las dudas no fueron entregados a Ancap”, sostiene el informe.

AFIRMACIÓN "INEXACTA".

El fallo sostiene que Sendic afirmó varias veces que sus gastos se ajustaron siempre a las normas, tanto públicamente como frente al TCP. “Hasta que se le preguntó si había efectuado rendiciones de cuentas y la entrega de comprobantes”, señala el Tribunal.

MONTO EN DISCUSIÓN.

El tribunal tiene una dura respuesta para el argumento de Sendic de que habría sido absurdo que recurriera a esas maniobras para enriquecerse indebidamente: “El Tribunal de Considera que la falta de lógica de un comportamiento no demuestra que no se haya incurrido en él, si los hechos indican lo contrario”.

Agrega que desde el punto de vista ético la cuantía de una malversación y el grado de enriquecimiento “tienen importancia sólo relativa”. “Un enriquecimiento indebido de monto poco importante es también una violación de principios que deben considerarse fundamentales”, agrega.

LOS GASTOS.

El fallo sostiene que en algunos casos Sendic dio explicaciones aunque “no tiene sustento de prueba fehaciente que las corrobore”

En otros casos “ha declarado no recordar las circunstancias ni poder indicar qué clase de productos adquirió”. “No se, la verdad no sé, no tengo ni idea de cómo se hizo, la verdad que no sé”, dijo Sendic frente al tribunal.

Sobre las tres compras en supermercados, afirma el fallo que las explicaciones fueron “contradictorias”, al tiempo que no explicó la compra realizada en 2011 en Divino. Dijo que no lo recordaba: “Me parece muy rara esa compra en Divino, a mí me parece muy rara esa compra”.

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