Entró en vigor la ley que habilita a que las personas puedan atenderse de urgencia y emergencia en cualquier prestador de salud, aunque no sean socios, si su mutualista no tiene servicio en el lugar.
Rige ley que habilita atención de urgencia o emergencia en cualquier parte del país
El usuario deberá presentar su cédula de identidad para ser atendido, y pagará lo mismo que cobra su prestador de salud.
El ministro de Salud Pública, Jorge Basso, dijo que el usuario deberá presentar su cédula de identidad para ser atendido, y que pagará lo mismo que cobra su prestador de salud por una consulta de este tipo.
Basso afirmó que con la nueva ley se evitan traslados innecesarios para atender urgencias y emergencias. Eso hace que el Sistema Nacional Integrado de Salud sea más nacional y más integrado, destacó el ministro.
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