El juez Alejandro Recarey hizo circular entre magistrados allegados, para que llegue a la prensa, un escrito en el que pretende hacer algunas “aclaraciones” sobre el fallo que emitió el jueves y que suspende la vacunación contra el Covid-19 en niños menores de 13 años.
Recarey divulgó "aclaraciones" sobre su fallo: "No hay atentado a la libertad de vacunación"
El juez Recarey sostiene que "solo suspende con carácter provisional y temporario" la vacuna Covid para niños.
Subrayado confirmó por varios medios la veracidad de este documento escrito y divulgado por Recarey (aunque no tiene firma ni membrete oficial), y que se reproduce completo al final de esta nota.
El magistrado escribe en el punto 1 de su “aclaración” que “la sentencia señala que ningún gobierno puede firmar contratos secretos, en el desconocimiento de la opinión pública, atinentes a puntos que puedan implicar riesgos a los derechos humanos de la población”.
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En el punto 2, Recarey dice que su sentencia “no prohíbe el desarrollo de la campaña de vacunacción a menores. Solo la suspende con carácter provisional y temporario”.
Además, señala que aún cuando la vacuna no es obligatoria “debe informarse todo acto médico”. “Vale decir, para el caso, que se divulgue la composición de las sustancias que se inoculan y sus riesgos y efectos adversos ya comprobados a nivel nacional e internacional”.
También agrega que el gobierno debe aclarar que “los preparados tienen solamente autorización provisoria de emergencia. No definitiva. Explicándosele a quien se inyecta las diferencias pertinentes”.
Recarey asegura que “la sentencia, terminantemente, no se involucra en discutir aspectos científicos tales como la eficacia o la seguridad de las vacunas, ni la necesidad o conveniencia de la vacunación a menores”.
En otro punto de este escrito de “aclaración”, Recarey dice que su sentencia “mandata al Estado a hacer estudios propios, independientes, sobre la calidad de los medicamentos que se importan. No correspondiendo que para ello se esté, simplemente, a las manifestaciones del fabricante”.
Recarey insiste en que su fallo “no incursiona en tema científico alguno” y que “toda apreciación en sentido médico, tiende a evitar que se considere estrictamente el plano jurídico”.
El juez dice que “debe quedar en claro que no hay atentado alguno a la libertad de vacunación”.
“El hecho de que esta sea optativa para los representantes legales de los menores, no libera al Estado de confeccionar el debido consentimiento informado”. “Obligatoria o no, optativa o no, el gobierno debe siempre y en cualquier caso presentar toda la información a la persona interesada, extremo que hasta ahora no se estaba cumpliendo”, agrega.
“Por último – escribe Recarey – se aclara que el fallo prevé que ni bien el gobierno cumpla los niveles de transparencia que se le imponen, deberá reanudarse inmediatamente la vacunación”.
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