Polémica por el retiro de los limpiavidrios de las esquinas

Un abogado dice que es ilegal, un fiscal dice que puede ampararse en el delito de violencia privada o mendicidad abusiva. Conozca la norma que cita la Policía.

 

Este lunes se conoció una nueva acción policial que desde el 20 de mayo se lleva adelante en Montevideo y que no había sido informada por las autoridades.

La Policía de Tránsito comenzó ese día a notificar a los limpiavidrios que ya no podía cumplir con su tarea, criticada por algunos y defendida por otros.

La novedad se conoció en radio Sarandí este lunes de mañana y luego la Unidad de Comunicación del Ministerio del Interior dio a conocer un comunicado al respecto.

Allí se indica que ante los reiterados robos en los semáforos, cuando los conductores detienen su vehículo, se resolvió erradicar el trabajo que realizan limpiavidrios y malabaristas, entre otros.

Según el comunicado la policía busca preservar la seguridad de los conductores, sobre todo de las personas más vulnerables, como mujeres y ancianos al volante.

Muchas veces los delincuentes esperan que un auto se detenga en un semáforo para romper el vidrio de y robar una cartera o un bolso. La policía cree que algunos limpiavidrios “delincuentes” marcan los autos que después serán asaltados por otros “compañeros”. También es conocida la situación de algunos “limpiavidrios” que insultan, maltratan y roban a quienes se detienen en un semáforo. Lo ocurrido en el cruce de Bulevar Artigas y Rivera es conocido por todos: vecinos, conductores, policía y autoridades.

POLÉMICA: El abogado Juan Fagúndez defiende a un limpiavidrios que trabaja en la rambla y el Parque Rodó y que días atrás fue detenido por la policía.

Miguel se llama el lipiavidrios y según contó, la policía le dijo que si lo veía otra vez haciendo lo mismo iba a ser detenido por desacato.

Fagundez dijo en Sarandí este lunes que es “ilegal” la detención y prohibición de limpiar vidrios en las esquinas. Aseguró que no hay norma que ampare a la policía a tal represión.

Por su parte, el fiscal penal Gustavo Zubía, dijo que la resolución de la policía es totalmente ajustada a derecho. Explicó que bien puede ampararse en los delitos de “violencia privada” contra los conductores, o en la “mendicidad abusiva”.

NORMAS. Según el abogado Fagúndez y el limpiavidrios Miguel, la policía evoca por estas horas el Digesto Municipal de la Intendencia de Montevideo para proceder a la prohibición y detención de estas personas.

El artículo 543 del Digesto Municipal (normas departamentales) establece cuándo un peatón puede circular por la calzada, es decir, por la calle.

Según esta norma, una persona solo puede caminar por la calle cuando va a subir o a descender de un vehículo o cuando va a cruzar la calle (preferentemente en una esquina).

También puede utilizar la calle si la vereda está inhabilitada o si directamente no existe, y cuando transporta algún objeto que “produzca inconvenientes por la acera” y no así por el tránsito. Además se permite utilizar la calle por un peatón para reparar vehículos.

En ningún otro caso una persona puede caminar por la calle, de acuerdo a estas normas vigentes en Montevideo.

El artículo 544 del Digesto agrega que la Intendencia y la Jefatura de Policía de Montevideo pueden “ampliar o restringir” aún más el uso de la vía pública “teniendo en cuenta la seguridad y comodidad de peatones y conductores”.

Estos artículos son los que evoca la policía para quitar a los limpiavidrios de las esquinas.

Además, la Ley Orgánica Policial establece en su artículo 5 que pueden y deben auxiliar a los Gobiernos Departamentales a hacer cumplir las normas y leyes, generales y particulares, así como las normas municipales.

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