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Óptico que mató a una persona en 2009 volverá a prisión
La jueza Canessa lo había dejado en libertad por legítima defensa, pero un Tribunal de Apelaciones lo condenó ahora a 6 años por homicidio.
El caso fue de mucha transcendencia pública en su momento. Un hombre de 56 años de edad, Juan Mariño, óptico de profesión, volvía a su casa de noche, después de ir al gimnasio, cuando siente que de atrás dos personas lo amenazan para robarlo.
El hombre dijo a la Justicia que allí se dio vuelta y de su riñonera sacó una revolver (Taurus 3.57) y le disparó a ambos sujetos.
A uno lo mató en el acto con un balazo en el pecho que le dañó el pulmón izquierdo, al otro lo hirió gravemente en el abdomen. Esto ocurrió el 16 de enero de 2009.
El óptico estuvo detenido seis meses de forma preventiva, luego quedó en libertad y finalmente, tras varias instancias judiciales, la jueza Fanny Cannesa resolvió su libertad definitiva el 17 de octubre de 2011.
Pero el fiscal del caso, Ariel Cancela, apeló el fallo de Canessa y tomó cartas en el asunto un Tribunal de Apelaciones, que este miércoles 12 de setiembre de 2012, resolvió revocar la libertad otorgada al óptico.
Según la sentencia del Tribunal, la versión que dio el óptico a la Justicia es "inverosímil" y "contradictoria".
Lea aquí la sentencia completa del Tribunal de Apelaciones.
Según este Tribunal, no se configuró la legítima defensa, citada por Canessa para dejar libre a Mariño.
De acuerdo al testimonio del propio óptico, además de los dos supuestos ladrones había otras personas en la cuadra por donde caminaba cuando, según dice, fue asaltado.
El Tribunal entiende que Mariño se confunde cuando dice que quienes lo atacaron llevan ropas "blancas o claras", ya que la víctima y la otra persona herida vestían ropas oscuras.
El Tribunal descarta además que los supuestos asaltantes tuvieran un cuchillo, como dijo Mariño, ya que nunca se encontró esta arma blanca.
Según el testimonio de Mariño, el supuesto rapiñero le dijo: "dame toda la plata", pero el acompañante de la víctima fatal contó a la Justicia que lo que le dijo su amigo fue: "disculpe", antes de preguntarle por el club La Barraca donde esa noche ensayaba la comparsa Sarabanda, a la que ambos sujetos iban a ver.
En consecuencia, el Tribunal emitió este miércoles el siguiente fallo:
"Revócase la Sentencia recurrida y, en su lugar, se condena a J. M. S. como autor penalmente responsable de dos delitos de Homicidio, uno de ellos en grado de tentativa, en reiteración real, a la pena de seis (6) años de penitenciaría, con descuento de la preventiva sufrida y de su cargo las accesorias del artículo 105 literal e del Código Penal".
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