Demandado evalúa apelar la sentencia

Justicia falla a favor de trabajador que demandó a arrozal por exposición a agroquímicos

Julio de los Santos sufre fibrosis pulmonar e insuficiencia respiratoria crónica. La empresa deberá pagarle $2.000.000 por daño moral y $200.000 por daño emergente.

El resultado del juicio en primera instancia es desarrollado este miércoles por La Diaria.

La jueza letrada de Trabajo de 7° turno, Elena Salaberry, falló a favor del trabajador.

Arrozal 33 evalúa apelar en los próximos días la sentencia y en esa eventualidad el caso debería dirigirse al Tribunal de Apelaciones.

Santiago Mirande, abogado del trabajador, señaló que otras personas “están esperando confirmar diagnósticos médicos” y “ver qué pasaba con el caso” para iniciar procesos judiciales.

Mirande integra el Núcleo Interdisciplinario Colectivo TÁ, sobre transgénicos, agroquímicos y alternativas agroecológica.

Julio De los Santos -que trabajó como herrero desde 2014- inició la demanda contra Arrozal 33 hace tres años.

Tras padecer los primeros síntomas de a enfermedad entendió que la empresa agroindustrial tenía responsabilidad directa sobre su estado de salud ya que no le aportaba la vestimenta y la protección adecuada contra los agrotóxicos propios de la producción arrocera y de los residuos de las soldaduras por su propio trabajo. El lugar donde desarrollaba tareas tampoco contaba con la ventilación adecuada.

El Banco de Seguros del Estado (BSE) determinó en un informe médico que De los Santos sufre de una enfermedad pulmonar llamada neumonitis de hipersensibilidad por “exposición a agrotóxicos, químicos y polvo orgánico”.

Está en fase de fibrosis pulmonar e insuficiencia respiratoria crónica. Se trata de una patología grave, progresiva e irreversible, según el diagnóstico.

Por su parte, el Banco de Previsión Social (BPS) dictaminó la incapacidad absoluta de Julio De los Santos: tuvo un porcentaje de baremo –escala que mide el grado de invalidez– de 87,91%. Para poder respirar necesita cargar con una máquina de oxígeno las 24 horas del día.

Sus pulmones funcionan en un 50%.

Médicos del BSE recomendaron en 2016 que era “aconsejable la reubicación de su lugar de residencia” a un área que “carezca de exposición a contaminantes deletéreos o patógenos”.

Ahora vive junto a su familia en Ciudad del Plata, en una casa que le brindó el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial.

Daño moral, daño emergente

La jueza Salaberry resolvió que la empresa deberá pagarle $ 2.000.000 por daño moral y $ 200.000 por daño emergente.

Según el expediente, de unas 1.500 hojas, existieron actos y omisiones de la demandada que "implicaron el incumplimiento de normas de seguridad y prevención”.

“La exposición a factores contaminantes de naturaleza agroquímica o biológica durante el tiempo en que el actor se desempeñó en Arrozal 33, por incumplimiento de normas de seguridad y prevención, configuró la culpa grave que merece el reproche jurídico”, concluyó.

Arrozal 33 es una empresa agroindustrial que se fundó en 1934 y funciona bajo el régimen de sociedad anónima cerrada. Arrienda 8.500 hectáreas anuales para el cultivo de arroz, más otras 1.000 hectáreas que son propiedad de los productores.

La empresa está ubicada en la zona rural de Treinta y Tres, a 90 kilómetros de la capital departamental. En total emplea a más de 300 personas. Allí se seca, descascara, blanquea y clasifica el arroz para comercializar.

En el pueblo Arrozal 33 hay más de 100 casas para vivienda y edificaciones para policlínicas, actividades culturales y de enseñanza, destaca la empresa en su página web.

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