Desde el Ministerio de Economía se recordó que, por ley, las empresas tienen que asegurar que el salario estará habilitado en la misma fecha para todos sus empleados, independientemente del banco en el que cobren.
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Fecha de pago de sueldos no puede variar en función de banco elegido
Es una obligación que se le genera al empleador, que debe garantizar misma fecha de pago independientemente del banco.
Algunas empresas habían advertido a sus empleados que la fecha de cobro podía variar según el banco al que hubieran decidido cambiar la operación de depósito de sus sueldos.
Sin embargo, ninguna reglamentación interna puede contravenir este punto, Martín Vallcorba fue tajante a este respecto “la ley y la reglamentación en este sentido es muy clara en cuanto a que la fecha de pago al trabajador no puede variar en función de la institución en la cual el trabajador elija que se le acrediten sus fondos. (…) Esta es una obligación que se le genera al empleador, es decir, no discriminar estableciendo fechas diferentes, porque eso significaría establecer un beneficio hacia una institución en particular, violentando el principio de que es el trabajador el que tiene la libertad de elegir cobrar en la institución que quiere y en igualdad de condiciones”.
Mañana vence el plazo para que los trabajadores opten por el banco en el que quieran cobrar su sueldo. Esto es así para quienes van a abrir cuenta en un banco por primera vez, quienes tienen ya un año de antigüedad en el banco pueden cambiar de banco en cualquier momento que quieran, según lo establece la ley.
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