Organizaciones sociales

Denuncian ilegalidades en nominación de candidatos al directorio de la INDDHH

Distintas organizaciones sociales presentarán un recurso ante el TCA. Denuncian que el Parlamento violó tres artículos de la ley que creó la INDDHH

Una veintena de organizaciones sociales, encabezadas por el PIT-CNT, Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos, y el Servicio de Paz y Justicia, denunciaron este lunes en las afueras del Palacio Legislativo (foto) lo que entienden son una serie de ilegalidades en la nominación por parte del Parlamento de los candidatos a integrar el directorio de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo (INDDHH).

Juan Ceretta, uno de los voceros de estas organizaciones sociales, dijo a Subrayado que presentarán un recurso ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) para que se declare nula la nominación de candidatos en el Parlamento y se suspenda la votación, que comienza este lunes en la Asamblea General.

Ceretta aseguró que de acuerdo a la ley de creación de la INDDHH son las organizaciones sociales las que deben proponer candidatos para el directorio de la Institución, y en este caso la nómina de candidatos fue propuesta por los partidos políticos con representación parlamentaria.

Las organizaciones denunciantes aseguran que la Comisión Asesora Especial Bicameral, que conformó la lista de candidatos al directorio “no controló” que se cumpliera con la ley, “violando los artículos 39, 45 y 46”, dijo Ceretta, abogado del grupo que presentará el recuso ante el TCA.

“Se han propuesto candidatos por parte de los partidos políticos, cosa que entendemos es ilegal, y también entendemos que se viola el artículo 45 y 46 de la ley en tanto hay candidatos que no reúnen las condiciones necesarias, no tienen la notoria versación en derechos humanos, y hay otros que tienen incompatibilidades como haber ejercido cargos públicos en el período que exige la ley”, dijo Ceretta.

“Entonces, en tanto la Comisión no controló el cumplimiento de estos requisitos, es un acto administrativo viciado de nulidad a nuestro juicio, y como no se admiten recursos administrativos ante la propia comisión ni ante la Asamblea General, la alternativa que queda es intentar plantear la acción de nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo al amparo del artículo 309 de la Constitución”, agregó el abogado.

“Vamos a pedirle al TCA una suspensión provisoria del acto (elección). No sería bueno para nadie que se elijan personas que estuvieran en duda sobre su legitimidad”, apuntó.

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