¿Por qué es inconstitucional el proyecto, según Martín Risso?

El experto en derecho constitucional cuestiona que se configure la responsabilidad penal solo por una omisión, sin existir la intención de incumplir una norma.

 

El experto en derecho constitucional, Martín Risso, explicó por qué cree que el proyecto de ley de responsabilidad penal del empleador puede ser declarado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia (SCJ).

Risso sostiene que hay tres aspectos que posiblemente no se ajustan a la Constitución. El principal está comprendido en el artículo uno del proyecto.

“Si se lee el artículo 1 parecería que se está estableciendo la responsabilidad objetiva en materia penal. Esto es, se configura la responsabilidad penal por el mero hecho de que se configure una omisión, sin atender al dolo, a la intención, a la culpabilidad que pueda tener el infractor”, explicó el experto.

Quiere decir que se establece un delito solo por no ofrecerle al trabajador los elementos de seguridad necesarios para desempeñar su tarea sin riesgo para su salud.

Según Risso, esta omisión es la que se transforma en delito, sancionado con pena de prisión (aunque en todos los casos excarcelable), aún si el empleador no tiene la intención (dolo en términos jurídicos) de cometer esa infracción.

Esto, dijo Risso, se podría haber salvado si se agregaba al proyecto el concepto de omisión deliberada o intencional. Es precisamente lo que pedía incluir el Frente Líber Seregni, con el vicepresidente Danilo Astori a la cabeza.

“Si se hubiera agregado la palabra intención o deliberadamente, se hubiera superado totalmente este problema”, asguró Risso.

Otro aspecto que cuestiona el constitucionalista es el hecho de que se “criminaliza” una conducta que pone en riesgo la salud de una persona.

Esto sería lo mismo, según Risso, a transformar en delito la conducta de una persona sedentaria, porque eso pone en riesgo su vida.

“No se podría establecer por ley, por ejemplo, que las personas que tengan una vida sedentaria estarían cometiendo un delito aunque atenten contra su salud, la Constitución lo impediría”, sostiene el experto.

Aún así, Risso dijo que existen dudas acerca de si este proyecto de ley “puede ser criminalizado” ya que “a favor del mismo está que existe en varios países”.

Más allá de los cuestionamientos legales, Risso dijo que comparte el objetivo del proyecto.

“El objetivo que persigue la ley es incuestionablemente compartible, esto es, fomentar el uso de medios de seguridad en las obras y bajar la accidentalidad, ninguna persona puede estar en contra de esto”, comentó.

“Pero me parece que las leyes hay que pensarlas más y requieren de otro tipo de asesoramiento. Estoy seguro que si se reunieran dos o tres penalistas a trabajar en esto, en unos pocos días presentarían un proyecto mucho mejor que este, sin inconstitucionalidades ni zonas grises”, sentenció.

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