La Fiscalía de Corte emitió una instrucción a sus fiscales que establece que en determinados delitos, como violación, abuso sexual, atentado violento al pudor y homicidio con dolo directo, la pena pactada entre fiscales y abogados defensores no puede ser sin prisión y recién después se podrán aplicar medidas sustitutivas.
Perpetradores de crímenes graves deberán cumplir al menos la pena mínima
El fiscal adjunto de Corte, Ariel Cancela, explicó que este tipo de crímenes obligarán a que la persona tenga que pasar al menos una pena mínima en prisión y luego sí se podrá hacer uso de medidas sustitutivas.
Con esta instrucción a los Fiscales, se procura que los beneficios a violadores, abusadores u homicidas no derive en la aplicación de penas demasiado leves.
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