El Poder Ejecutivo aprobó el protocolo de actuación del Ministerio de Desarrollo Social (Mides), Ministerio de Salud Pública (MSP) y la Administración de los Servicios de Salud del Estado ( ASSE) para asistir a las personas que se encuentren en situación de calle "con riesgo de graves enfermedades o incluso con riesgo de muerte, o bien con su capacidad de juicio afectada como consecuencia de una descompensación de su patología psiquiátrica o por consumo de sustancias psicoactivas".
El rol del Mides, MSP, ASSE e Interior en la internación compulsiva de personas en situación de calle
"La actuación de los organismos involucrados tiene como finalidad primordial la protección de bienes supremos, como son la salud y la vida de las personas, sin que implique privación correccional de su libertad", afirma el Poder Ejecutivo en la reglamentación de la ley N°20.279.
"La actuación de los organismos involucrados tiene como finalidad primordial la protección de bienes supremos, como son la salud y la vida de las personas, sin que implique privación correccional de su libertad", aclara la reglamentación de la ley N°20.279.
El Mides será competente en recibir las denuncias de personas en situación de calle y que necesiten algún tipo de asistencia. Deberá brindar la asistencia primaria a quienes estén a la intemperie, mediante denuncia de terceros, requerimiento de las propias personas o en las recorridas de los equipos de calle, de acuerdo al protocolo de captación y derivación del Mides.
Técnicos de MGAP viajan a Laguna Garzón ante confirmación de influenza aviar en un cisne
Si los técnicos observan que la persona presenta riesgo de graves enfermedades o de muerte deberá requerir el envío de personal médico de ASSE para brindar la atención correspondiente. Ese requerimiento se podrá realizar también cuando la persona tenga "su capacidad de juicio afectada, como consecuencia de una descompensación de una patología psiquiátrica o por consumo de sustancias psicoactivas, y ello implica un riesgo inminente para sí o para terceros, o que el hecho de no ser trasladada pueda determinar un deterioro considerable de su salud o impedir que se le proporcione un tratamiento médico adecuado, que solo pueda aplicarse mediante una hospitalización".
En caso que la persona se niegue a recibir la atención médica de ASSE se podrá requerir la intervención del Ministerio del Interior. La intervención del Mides será hasta que la persona tome en contacto con el personal médico.
ASSE deberá trasladar a la persona que lo necesite a un centro asistencial y en caso de requerir atención especializada deberá derivarla a donde corresponda. En caso que no requiera internación, pero si se considera que de mantenerse a la intemperie su estado de salud pudiera deteriorarse, el Mides podrá determinar la pertinencia de conducirlo a un centro de atención de la cartera.
"Los organismos actuantes se obligan a dar la mayor celeridad de respuesta posible ante el requerimiento de su intervención", afirma el protocolo.
Lo más visto
video

Dejá tu comentario