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Suprema Corte rechazó recurso de Lorenzo y Calloia
El ministro de la Suprema Corte de Justicia, Jorge Ruibal Pino, confirmó a Subrayado que el organismo rechazó los recursos de inconstitucionalidad presentados por la defensa de Fernando Lorenzo y Fernando Calloia, por lo que podrán ser juzgados y eventualmente procesados por la Justicia del Crimen Organizado. La decisión del máximo órgano judicial fue adoptada por unanimidad de sus cinco miembros.
Por su parte, la jueza que tiene el caso, Adriana de los Santos, dijo a Subrayado que la Corte aún no le devolvió el expediente con la resolución a favor de la constitucionalidad del delito que pesa sobre ambas figuras del gobierno. Recién cuando lo tenga otra vez en sus manos resolverá si procesa o no a Lorenzo y a Calloia. Para ello, dijo, analizará si las pruebas presentadas son suficientes.
El ex ministro Lorenzo recibió la noticia cuando estaba reunido con dirigentes del Frente Líber Seregni. Según dijeron a Subrayado fuentes de este sector político, a Lorenzo no le sorprendió la decisión de la Corte. "La veía venir", dijo un allegado. Calloia, en tanto, recibió la noticia trabajando en el Banco República.
Lorenzo y Calloia fueron indagados por su participación en el caso Pluna, especialmente por el aval concedido a la empresa española Cosmo para que pudiera ofertar en la subasta de los siete aviones de la ex aerolínea de bandera uruguaya, cerrada por el gobierno de José Mujica en junio de 2012.
El fiscal del caso, Juan Gómez, solicitó en diciembre de 2013 el procesamiento sin prisión de Lorenzo y Calloia por el delito de abuso innominado de funciones. Esto por favorecer -dice el fiscal- a la empresa Cosmo con un aval concedido en pocas horas antes de la subasta, el 1º de octubre de 2012.
Ante el pedido del fiscal, la defensa de Lorenzo y de Calloia presentaron ante la Suprema Corte un recurso de inconstitucionalidad para el delito abuso de funciones.
La Corte resolvió ahora que ese delito es constitucional, por lo que Lorenzo y Calloia pueden ser procesados, si es que así lo resuelve la jueza Adriana de los Santos.
Los cinco ministros de la Corte tomaron como propio un fallo emitido en el año 2010, que a su vez se apoya en otro de 2005. En este nuevo fallo de 2014 señalan que el recurso de Lorenzo y de Calloia tiene "exacta adecuación" a los dos anteriores, de indéntica resolución, esto es: a favor de la constitucionalidad del delito de abuso de funciones. Expresamente hacen hincapié en la "jurisprudencia" que hay al respecto.
Es decir, los ministros de la Corte analizaron el pedido de Lorenzo y de Calloia, y lo compararon con las resoluciones adoptadas en recursos iguales del año 2005 y 2010. Los cinco ministros actuales entendieron que los casos eran idénticos y al coincidir con los fallos anteriores solo se remitieron a ellos en la resolución que ahora tomaron.
Esta nueva resolución alcanza también al recurso presentado por la defensa del intendente Walter Zimmer, sobre quien también pesa una solicitud de procesamiento por abuso de funciones. El caso se remonta a una denuncia contra Zimmer y el director de Hacienda de Colonia, José Aunchain, presentada en mayo de 2010 por el entonces intendente, Alfredo Martínez.
La Corte dijo que el delito de abuso de funciones también puede aplicarse a Zimmer y a Aunchain.
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