Los Ministerios de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) y de Transporte y Obras Públicas (MTOP) emitieron este viernes una resolución a través de la cual establecen "con carácter transitorio y limitado" que deberán garantizarse como "servicios mínimos" en la terminal de contenedores del Puerto de Montevideo, en el marco del conflicto que la empresa Terminal Cuenca del Plata (TCP) mantiene con el sindicato de trabajadores en la negociación del nuevo convenio colectivo.
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Normativa establece con carácter "transitorio y limitado" los "servicios mínimos" a garantizarse en TCP
La normativa marca el funcionamiento de las prestaciones portuarias indispensables para preservar un nivel básico de seguridad y continuidad operativa de la terminal de contenedores y las dotaciones mínimas de trabajadores, según el área.
La normativa marca el funcionamiento de las prestaciones portuarias indispensables a efectos de preservar un nivel básico de seguridad y continuidad operativa de la terminal. Entre los servicios a garantizar están: servicios de muelle de carga y descarga de buques; servicios de recepción de contenedores llenos y vacíos -transporte carretero y eventualmente fluvial-, importación y exportación (se deberá garantizar un manejo mínimo de 25 contenedores por hora); y servicios de almacenamiento y depósito.
La resolución también establece las dotaciones mínimas de trabajadores para cumplir los servicios, según el área:
Mantenimiento: 4 técnicos.
Administrativos para tareas aduaneras: 2 empleados.
Pañol: 1 empleado.
Gate lleno: 2 casetas, 1 dispatcher, 1 yard planner, 3 choferes, 2 inspectores.
Logística: 1 staker, 1 elevador, 1 encargado, 1 administrativo.
2 grúas: 3 operarios.
4 apuntadores.
5 choferes straddle carrier.
12 estibadores.
4 referentes.
2 planificadores de buques.
1 dispatcher.
1 maquinista de playa de contenedores vacíos.
2 administrativos de operaciones.
Gate vacío: 1 administrativo, 1 dispatcher, 1 yard planner, 1 coordinador, 1 maquinista, 1 inspector.
Además, se deberá garantizar la plena operativa portuaria si se trata de contenedores refrigerados, con elementos perecederos o con material sanitariamente sensible.
Los servicios mínimos deben cumplirse en caso de implementarse medidas gremiales por parte del sindicato de trabajadores y rige desde este sábado 12 de setiembre hasta que se disponga su cese.
En la justificación de la resolución, el MTSS y el MTOP sostienen que "las medidas gremiales adoptadas en el curso del conflicto han afectado seriamente la normalidad del funcionamiento de la única terminal especializada de contenedores del país" y "ponen en inminente riesgo a un servicio de importancia trascendental, en atención a la afectación que provoca en la producción nacional y en el comercio exterior del país".
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