La nueva página web del Área Defensa del Consumidor de la Dirección General de Comercio del Ministerio de Economía -http://www.consumidor.gub.uy- ofrece una veintena de consejos, elaborados por especialistas, para pedir préstamos en el mercado.
El primero de los consejos curiosamente es pensar lo menos posible en pedir préstamos: "Antes de solicitar un crédito, por más atractiva que parezca la oferta, medita sobre la necesidad de efectuar ese consumo y sobre las posibilidades reales de asumir esa obligación. No generes o propicies un sobreendeudamiento".
Luego, se recomienda verificar todas las condiciones, no solo los montos y tamaño de las cuotas: tasa de interés efectiva anual, tasa de mora, cantidad de cuotas, fechas de vencimiento y "otros conceptos cobrados: seguros, gastos administrativos y cómo se cobran, etcétera."
La letra chica es aburrida, pero fundamental: "Lee detenidamente los contratos, vales, o cualquier documento que vayas a firmar, de forma tal que conozcas plenamente tus obligaciones. Debes obtener una copia de todo documento que firmes. Puedes pedir una copia del contrato para poder leerlo con calma en tu casa antes de firmarlo. Nunca aceptes firmar algo acreditando que lo leíste y estabas en conocimiento si eso no es verdad".
Las sugerencias abarcan derechos fundamentales que muchas veces son atropellados por los prestamistas: "para obtener información sobre la oferta de un crédito y las condiciones para solicitarlo, no es necesario presentar el documento de identidad, ni brindar datos personales".
La necesidad de un seguro es otro consejo interesante. Muchos préstamos lo incluyen. En caso de fallecimiento paga el saldo.
¿Los préstamos se pueden descontar directamente del sueldo? Hay algunas entidades que sí, y pueden afectar hasta el 70% de los haberes. Si el monto no alcanza, estarás generando mora.
¿Qué pasa con las multas? El acreedor puede optar entre una multa de hasta $ 220 o intereses de mora. Los contratos suelen estipular que el no pago de dos cuotas hace vencer todas las demás. Y en general, esos documentos tienen un trámite judicial abreviado.
Si se paga pasadas 48 horas del vencimiento de una tarjeta de crédito se deberá pagar mora, pero puede seguir usándose la tarjeta. Recuerde que no recibir el estado de cuenta no habilita a no pagar. Hay que reclamarlo y revisar que efectivamente compraste lo que ahí dice.
Si abona en una red de pagos, controle el importe del tique. Si quiere refinanciar, la otra parte no está obligada. Tampoco está obligada a rebajarte los intereses si pagas por anticipado. Antes de pedir un préstamo evalúa "la opción de pago contado, teniendo presente que se pueden llegar a obtener importantes quitas de intereses". Finalmente: "Cuando canceles una obligación debes tener la precaución de retirar el documento de adeudo".
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¿Necesita un préstamo? Ministerio de Economía asesora al usuario
El portal web del Área de Defensa del Consumidor ofrece una veintena de consejos de especialistas
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