Rúben Correa Freitas, reconocido abogado especializado en derecho constitucional, aseguró que el desafuero de Gustavo Penadés debe tramitarse en la Cámara de Senadores, de la que forma parte desde el 1 de marzo de 2020, pese a que fue electo diputado.
¿Cómo se decide el desafuero de Gustavo Penadés y cuántos votos se requieren?
“El senador Penadés fue electo diputado, pero el 1 de marzo de 2020 asumió como senador en lugar de Luis Alberto Heber, que asumió como ministro de Transporte y luego Interior. No es un suplente de ocasión, es un senador que está ejerciendo el cargo desde el 1 de marzo de 2020 hasta la fecha y la banca de él en la Cámara de Representantes está siendo ocupada por su suplente”, dijo Correa Freitas.
Sobre esta base, el desafuero de Penadés solicitado por la fiscal de delitos sexuales Alicia Guione debe ser votado en la Cámara de Senadores.
Para ello, el trámite es el siguiente, explicó Correa Freitas. El pedido de la fiscal Guione fue elevado a un juez penal, quien a su vez lo deriva a la Suprema Corte de Justicia, y es este órgano, el más importante del Poder Judicial, el que lo envía a la presidencia de la Asamblea General.
Allí lo recibe la presidenta Beatriz Argimón (vicepresidenta de la Repúbllica) y lo envía a la Cámara de Senadores.
Esta Cámara lo recibe y lo deriva a la Comisión de Constitución y Códigos, cuyos senadores miembros analizarán si corresponde o no quitarle a Penadés sus fueros, es decir, su protección legal ante la Justicia.
En este sentido Correa Freitas destacó que “los fueros no son del legislador, son de la Cámara, y están para defender la independencia del Poder Legislativo, no son propiedad del legislador”.
“Un legislador puede renunciar a la Cámara, no a los fueros”, agregó al explicar por qué los demás senadores deben votar el desafuero, en este caso Penadés, y no alcanza con que el legislador diga que renuncia a ellos.
Para votar el desafuero de Penadés se requiere “una mayoría de dos tercios, es decir 21 votos conformes” en la Cámara Alta.
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