NO APUNTA AL CRIMEN ORGANIZADO, ASEGURAN

Asociación de Cazadores plantea preocupación por nuevo decreto que limita compra de municiones

"Acá se está poniendo el foco en los comerciantes, en los usuarios, en los importadores y no donde está el verdadero problema", aseguró Martín Pastorino.

La Asociación de Cazadores plantea preocupación por el nuevo decreto reglamentario del Ministerio del Interior que limita la compra de municiones y asegura que la regulación no apunta al crimen organizado y la delincuencia como el problema de la seguridad pública.

"Acá se está poniendo el foco en los comerciantes, en los usuarios, en los importadores y no donde está el verdadero problema, no limitando a la persona que cumple todos los requisitos legales va a bajar la delincuencia ni las balaceras ni todo lo que está pasando en Uruguay hoy", aseguró Martín Pastorino, vocero de la Asociación de Cazadores.

Para comprar municiones, se necesita la tenencia y la guía del arma, y la cédula de identidad. Sin esa documentación, la armería no vende la munición, afirmó. La información de la compra es recabada y reportada al Ministerio del Interior y al Ministerio de Defensa Nacional.

"El ministro (Negro) incurre en el error en decir que no hay trazabilidad de la munición; eso es falso. Todas las armerías reportan los datos de forma correcta al Ministerio del Interior y al Ministerio de Defensa", aseguró. "No somos parte del problema, estamos para contribuir", agregó.

DECRETO

El decreto reglamentario sobre el uso de armas establece máximos de municiones y regula el tipo de armas que puede tener un usuario habilitado.

Cada usuario puede tener un máximo de ocho armas. En el caso de los coleccionistas, están habilitados a armas ocho activadas y el resto desactivadas.

El nuevo decreto pone un límite al tipo de armas. Permite un máximo de cuatro cortas, de las cuales un máximo de dos podrán ser tipo pistola.

El texto pretende fortalecer los mecanismos de control sobre la tenencia, porte y comercialización de armas de fuego, municiones y materiales.

Crea dos tipo de usuarios: regulares e intensivos, y establece límites para la compra de municiones anuales. En algunos casos, el límite es por arma y en otros, por persona.

Por ejemplo, la norma habilita para los usuarios regulares un máximo de 500 cartuchos por arma corta al año a excepción del calibre 9 *19 mm que tiene un límite de 250 por persona. Quedan exceptuados de los límites los deportistas federados que acrediten su condición.

Todas las armas deberán tener un marcaje con el código Uy, año de importación e identificador del importador.

La cartuchería de las Fuerzas Armadas y la Policía pasará a estar identificada.

Las armas 3D y datos para su producción quedan prohibidos a excepción de su uso por las Fuerzas Armadas y la Policía.

Un tipo de arma que no fue regulado en este decreto y lo será en otro, son las de aire comprimido. Algunos modelos serán equiparadas a las armas de fuego.

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