El recurso fue presentado por ginecólogos que entienden que el decreto restringe ilegalmente el ejercicio del derecho a la objeción de conciencia.
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Aborto: médicos podrán negarse a participar de procesos por convicciones
El fallo fue dado a conocer por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo.
De los 11 artículos impugnados por los médicos, el TCA falló a favor de 7. Entre ellos, canceló el articulo 12 que indicaba que el equipo debía abstenerse de todo juicio de valor sobre la decisión de la mujer y de revisar el motivo de su opción.
También eliminó los artículos 7 y 8 que interpretan la ley en el sentido de facilitar los plazos establecidos, haciendo correr los 5 días de reflexión desde que la mujer se reúne con el equipo técnico y no desde la primera entrevista es decir cuando se lo manifestaba a su médico.
El fallo definitivo permite a todos los ginecólogos, no solo a los que presentaron el recurso, negarse a participar de cualquiera de los pasos que una mujer deba seguir para realizarse un aborto, por no estar de acuerdo con la práctica lo que se considera objeción de conciencia.
Por ejemplo no estarán obligados a derivar a otro especialista a una paciente que quiera practicarse un aborto.
Si estarán obligados a informar sobre las alternativas disponibles ante un aborto, como la adopción y la existencia de organizaciones que colaboren con las mujeres embarazadas.
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