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Juez procesó sin prisión a Alfredo Silva, director de ASSE
Es por el delito de conjunción de interés publico y privado. Además, el encargado de tercerizaciones del gremio de funcionarios fue procesado con prisión.
El juez Néstor Valetti dispuso que Alfredo Silva, director de ASSE en representación de los trabajadores, sea procesado sin prisión por el delito de conjunción del interés público y el privado. Para H.T., encargado de tercerizaciones de la Federación de Funcionarios de Salud Pública, dispuso el procesamiento con prisión por el mismo delito y por cohecho.
Además, se dictaron cuatro procesamientos por estafa y cuatro más por cohecho simple.
El fiscal Gilberto Rodríguez había pedido el procesamiento con prisión de Silva y de H.T. acusado de pedir y recibir coimas de distintos empresarios, también indagados.
El pedido de prisión fue por el delito de conjunción del interés público con el privado. El fiscal entiende que Silva participó de forma indebida en la contratación de distintas cooperativas y empresas por parte de varios hospitales públicos. Estas empresas, como la de limpieza denominada La Buena Estrella, estaba conformada, entre otros, por sindicalistas de salud pública.
En el caso de Silva, según el fiscal, utilizó su cargo como director para presionar a los jerarcas de los hospitales. En tanto H.T. habría pedido coimas a las empresas contratadas para acelerar pagos de ASSE. También se acusa de facturar más horas de las realmente trabajadas.
El fiscal adelantó que solicitó nuevas diligencias para investigar a otras personas, entre ellas a más jerarcas públicos.
Según el Código Penal, "conjunción del interés personal y del público" es cuando: "El funcionario público que, con o sin engaño, directamente o por interpuesta persona, se interesare con el fin de obtener un provecho indebido para sí o para un tercero en cualquier acto o contrato, en que deba intervenir por razón de su cargo, u omitiere denunciar o informar alguna circunstancia que lo vincule personalmente con el particular interesado en dicho o contrato, será castigado con pena de seis meses de prisión a tres años de penitenciaría, inhabilitación especial de dos a cuatro años y multa de 10 UR (diez unidades reajustables) a 10.000 UR (diez mil unidades reajustables)".
El abogado de Alfredo Sliva y H.T., Juan Fagúndez, había dicho antes de conocerse el procesamiento que "no hay pruebas" contra su cliente. Luego de conocida la resolución del juez, aseguró que "está probado que no hubo mala fe de Silva".
"Lo que surge de la investigación y toma el fiscal y el juez es que sus acciones extralimitaron sus funciones y que podría haber un interés personal de él -que no tiene nada que ver con plata- que lo llevó a hacer eso", agregó (Ver video principal).
El profesional insiste en que el director de ASSE no cometió ninguna irregularidad ni presionó a jerarcas de hospitales para que contraten a la empresa de limpieza La Buena Estrella, vinculada al gremio de funcionarios.
En el caso de H.T., dijo Fagúndez, lo que se probó es que tenía una "gran relación con los empresarios privados. Tenían mucho contacto con ellos, asados y cosas. Hubo un giro que él dijo que era un préstamo. No le creyeron y entendieron que él captaba dinero de los empresarios", explicó el abogado.
La investigación policial y judicial se hizo sobre la base de escuchas telefónicas que comprobarían la trama de coimas y presiones para que los hospitales en cuestión contrataran los servicios de La Buena Estrella. También se estima que hubo sobrefacturación, por lo que además podría haber un delito de estafa contra la administración pública.
FOTO: Alfredo Silva.
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