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"IMPACTOS INADMISIBLES"

Ambiente negó autorización previa para proyecto de construcción de 29 edificios en Punta Ballena

El ministro Robert Bouvier dijo en conferencia de prensa que una obra de estas características ocasiona "impactos inadmisibles sobre la biodiversidad, el paisaje, el tránsito en la zona y los valores geológicos del sitio".

El Ministerio de Ambiente concluyó el informe técnico sobre el desarrollo de un complejo residencial en la zona de Punta Ballena, en el departamento de Maldonado. El documento fue enviado a los desarrollistas quienes disponen de un plazo de 10 días hábiles para presentar los descargos.

El proyecto implica la construcción de 29 edificios de cuatro niveles cada uno. Su infraestructura, ubicación y escala “generará impactos ambientales negativos inadmisibles” , indica el informe. Y agrega, en base al análisis aportado por el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MVOT), no es “compatible con la normativa de ordenamiento territorial aplicable”.

El informe elaborado por los técnicos del Área de Evaluación de Impacto Ambiental “recomienda rechazar la solicitud, denegando la Autorización Ambiental Previa (AAP)”.

El ministro Robert Bouvier explicó que el procedimiento realizado ha sido exhaustivo y cumplió con todas las instancias técnicas requeridas, como la participación pública y brindó garantías a los derechos de todas las partes involucradas.

El documento señala las afectaciones que podría generar la construcción de los edificios, en lo que respecta a “la biodiversidad, el paisaje, el tránsito en la zona y los valores geológicos del sitio, tanto en la fase de construcción como de ocupación y uso del desarrollo residencial”.

Y añade: “Dada la extensión y magnitud de la presencia física del proyecto, se generarán afectaciones irreversibles sobre la diversidad biológica y el ecosistema terrestre, los que presentan un gran valor para la conservación a nivel nacional”.

El informe agrega que “para estos impactos ambientales negativos no existe evidencia fundada de medidas de mitigación efectivas y no resultan adecuadas ni suficientes las medidas de compensación propuestas por los titulares”.

Según los técnicos, “el desarrollo residencial planteado provocará una modificación irreversible sobre el paisaje icónico de Punta Ballena cuyo valor ha quedado de manifiesto en este proceso de evaluación ambiental”.

El MVOT también indicó que el proyecto "es pasible de rechazo, por no prever la cesión al dominio público de los 150 metros desde la línea de ribera (artículo 503 de la Ley N° 19.355) o por no contar con un plan especial que incluya destinar a espacios libres los primeros 150 metros desde la línea de la ribera (artículo 50 de la Ley N° 18.308)”, ya que el desarrollo inmobiliario se localizará parcialmente dentro de esa franja.

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