Presentan pruebas de que Jorge Venegas no es ciudadano legal

El senador colorado Amorín reclama la renuncia del ministro de Salud Pública. Sostiene que no es ciudadano legal y que como chileno solo pidió residencia legal.

 

El senador colorado José Amorín Batlle (Propuesta Batllista) divulgó este martes lo que entiende son pruebas de que el ministro de Salud Pública, Jorge Venegas, no es ciudadano legal uruguayo, por lo que está inhabilitado para ocupar el cargo de ministro.

Amorín exige la renuncia inmediata de Venegas porque viola la Constitución de la República en cuanto a los requisitos establecidos para ocupar el cargo de funcionario público como ministro de Estado.

Para demostrar su afirmación, el senador colorado hizo llegar a Subrayado una copia del documento donde consta que Venegas obtuvo el 14 de abril de 2004 el Certificado de Residencia y no la ciudadanía legal. Esto último es lo exigido por la Constitución para poder ocupar el cargo de ministro.

Artículo 176 de la Constitución: "Para ser ministro se necesitan las mismas calidades que para Senador".

Las condiciones que debe reunir un Senador para poder ser electo se establecen en el Artículo 98 de la Constitución: "Para ser Senador se necesita ciudadanía natural en ejercicio o legal con siete años de ejercicio, y, en ambos casos, treinta años cumplidos de edad”.

Según el documento exhibido por Amorín Batlle, Jorge Venegas tramitó el Certificado de Residencia amparado en el Artículo 78 de la Constitución, que solo habilita a quien obtiene la residencia a votar en las elecciones.

Artículo 78: "Tienen derecho al sufragio, sin necesidad de obtener previamente ciudadanía legal, los hombres y las mujeres extranjeros, de buena conducta, con familia constituida en la República, que poseyendo algún capital en giro o propiedad en el país, o profesando alguna ciencia, arte o industria, tengan residencia habitual de quince años, por lo menos, en la República.

La prueba de la residencia se fundará indispensablemente en instrumento público o privado de fecha comprobada, y si la justificación fuera satisfactoria para la autoridad encargada de juzgarla, el extranjero quedará habilitado para el ejercicio del voto desde que se inscriba en el Registro, Cívico, autorizado por la certificación que, a los efectos, le extenderá aquella misma autoridad".

Según otro documento al que accedió Subrayado, Venegas nació en Santiago de Chile el 29 de agosto de 1948.

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