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Militares indagados por caso Perrini no podrán ser procesados
La SCJ declaró inconstitucional, para este caso, la ley que anuló la ley de Caducidad. Esta decisión de la Corte se repetirá en todos los casos donde hubo recursos.
La Suprema Corte de Justicia volvió a declarar inconstitucional los artículos 2º y 3º de la ley interpretativa de la Ley de Caducidad para el caso en que se investiga la muerte de Aldo Perrini, un heladero de Carmelo.
Este caso estaba en manos de la jueza Mariana Mota quien estaba por realizar varios procesamientos antes de que pasara fuera trasladada a un juzgado civil. En junio del año pasado Mota tomó declaración al general retirado Pedro Barneix, acusado de asesinar a Perrini en medio de un interrogatorio.
Pero con la primera declaración de inconstitucionalidad que hizo la SCJ sobre la ley interpretativa, ya se anunciaba que significaría el fin de varias investigaciones.
En la sentencia divulgada ayer, el ministro que la redactó, Dr. Julio César Chalar, estableció como argumento que "la ley No. 18.831 viola en sus artículos 2 y 3 el principio constitucional de legalidad y el de irretroactividad de la ley penal más gravosa".
Como en los pronunciamientos anteriores, el ministro Ricardo Pérez Manrique, mostró su discordia señalando que los artículos 2º y 3º no se aplican a este caso porque se trata de un crimen de lesa humanidad.
Pero la decisión de inconstitucionalidad se tomó por mayoría y con ello los militares retirados que eran indagados no podrán ser procesados por esta causa.
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