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Justicia desestimó recurso de amparo de familia sustituta de Mía
Jueza señala que hay otros mecanismos para resolver el tema. Sin embargo, sobre el tema de fondo, señala que la familia de acogida sabía que la situación era provisoria
La jueza Mary Campiglia desestimó el recurso de amparo presentado por el familia sustituta de la niña Mía. "La acción de amparo es una vía residual y de cognición sumaria, por lo que no corresponde, sin un análisis técnico previo y un seguimiento adecuado, determinar si las visitas son favorables a la menor", dice la sentencia de la magistrada.
El documento agrega que "si bien resulta comprensible el duelo por el desapego y desarraigo que sufre la familia de acogida, ello no habilita la utilización de este medio procesal para reclamar a la menor".
La jueza reconoce además las "indudables connotaciones emocionales" que tiene el tema, pero llama a no perder de vista "el interés superior del niño, quien cuanto antes debe insertarse en un hogar que le brinde la contención necesaria para su desarrollo".
En el texto la jueza Campiglia deja en claro que la familia sustituta de Mía brindó esa contención a la niña, pero agrega: "en su carácter de familia de acogida sabían que dicha situación era provisoria".
La sentencia señala que la Justicia no puede apartarse de las normas, que establecen que es el INAU quien selecciona y asigna las familias adoptivas y apunta que eso "sólo trasuntaría en perjuicio de la niña, que pasaría a ser un trofeo a disputar entre la familia de acogida y la asignada para adopción".
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