Envían a prisión a una mujer por la muerte de su hijo prematuro

La madre del recién nacido se fajó los siete meses para ocultar el embarazo ante su esposo. Dio a luz en un baño y se negó a acompañar a su hijo al hospital.

 

El juez Marcos Seijas de Rivera procesó con prisión a una mujer de 21 años por la muerte de su hijo, nacido tras siete meses de embarazo. El magistrado entendió que la mujer abandonó a su hijo inmediatamente después que dio a luz, lo que ocasionó la muerte del bebé.

Según consta en la investigación judicial, la joven, casada con un funcionario de la Dirección Nacional de Cárceles, permaneció fajada durante los siete meses del embarazo, ya que su intención era ocultar su estado ante el esposo, porque, según reveló ante el magistrado, el hijo pertenecía a otro hombre.

La mujer declaró que dio a luz a la criatura en el baño de su domicilio y fue su esposo quien solicitó la presencia de la ambulancia para trasladarlos al hospital local en primera instancia, y posteriormente a Tacuarembó. La mujer se negó a acompañar a su hijo recién nacido porque no le interesaba.

El juez interrogó a la madre del bebé, a su esposo y al pediatra que atendió al niño que falleció en el CTI del Hospital de Tacuarembó.

Seijas procesó a la mujer por el delito comprendido en el artículo 329 del Código Penal: Abandono de niños y de personas incapaces.

"El que abandonare a un niño, menor de diez años, o a una persona incapaz de bastarse a sí misma, por enfermedad mental o corporal, por vejez, que estuviera bajo su guarda y a la cual debiera asistencia, será castigado, cuando el hecho no constituya un delito más grave, con la pena de seis meses de prisión a cinco años de penitenciaría", dice este artículo.

Además tomó en cuenta las "circunstancias agravantes" del artíuclo 330, numeral 1: "La pena será elevada de un sexto a un tercio en los casos siguientes: Cuando del abandono resultare la muerte o una lesión grave al abandonado".

 

Foto: Archivo

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