El hombre que asesinó a su hija podrá ir a la cárcel si se cura

Está en la sala 11 del Vilardebó. Una junta médica decidirá por cuánto tiempo permanecerá internado. En caso que mejore, puede llegar a ser procesado con prisión.

 

El hombre de 46 años que el lunes mató a su hija, haciéndole 50 cortes en la cara y el cuerpo, fue declarado inimputable tras declarar ante el juez.

Fue internado en la sala 11 del Vilardebó, un lugar de máxima seguridad, donde se encuentran los enfermos mentales más peligrosos del país. De ahora en más una junta médica lo evaluará y decidirá cuánto tiempo permanecerá internado.

Incluso, pasado un tiempo, se examinará su salud mental para establecer si mejoró y si entiende el homicidio que cometió. En ese caso, podría llegar a ser procesado con prisión. El magistrado, José María Gómez, explicó que el hombre no puede sentir arrepentimiento porque no entiende lo que hizo.

La pericia psiquiátrica determinó que presenta una efermedad de años de evolución, sin tratamiento, que “corresponde a una psicosis crónica de tipo Ezquisofrenia Paranoide”.

El homicidio lo cometió “de modo oscuro, hermético” y lo niega “aún frente a la confrontación como un acto subsidiario a su enfermedad mental alienante”, detalla el auto de procesamiento.

Según el documento, después de hacerle los múltiples cortes con un destornillador, tomó a la niña “en brazos y le daba besos mientras la hamacaba en su regazo”. Esa situación fue con la que se encontró la madre de la nena cuando llegó a la casa.

Por el momento, y con esta patología, el hombre no va a ser enjuiciado penalmente ya que al ser declarado inimputable "no puede ser sometido a proceso penal", explicaron fuentes a Subrayado. El fiscal y el juez lo hallaron responsable por la muerte de su hija, pero coincidieron con el dictamen pisquiátrico, por lo que por ahora no irá a la cárcel.

El individuo fue a declarar con la misma ropa con la que cometió el homicidio; tenía manchas de sangre en el torso y en la pierna. En sus declaraciones relató que estuvo jugando con su hija toda la tarde del lunes y que no entendía por qué la Policía se la quería llevar horas después. En todo momento repetía que la niña esta dormida y pedía que no la molestaran.

LOCURA. De acuerdo al artículo 30 del Código Penal, bajo el rótulo "locura", se explica lo siguiente: "No es imputable aquél que en el momento que ejecuta el acto por enfermedad física o psíquica, constitucional o adquirida, o por intoxicación, se halle en tal estado de perturbación moral, que no fuere capaz o sólo lo fuere parcialmente, de apreciar el carácter ilícito del mismo, o de determinarse según su verdades apreciación. Esta disposición es aplicable al que se hallare en el estado de espíritu en ella previsto, por influjo del sueño natural o del hipnótico".

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