Mía se queda con familia adoptiva. El fallo del caso

La jueza cuestionó el proceder del Inau en caso Mía y desestimó la pretensión de la familia sustituta de visitar a la niña.

 

En la sede del Juzgado Letrado de Las Piedras, la jueza de feria Mary Campiglia, se pronunció sobre el caso de la pequeña Mia y no hizo lugar al recurso de amparo pedido por la familia sustituta que crió a la pequeña desde que tenía 15 días.

Ahora la familia sustituta y sus representantes legales tendrán hasta el miércoles para decidir si apelan o no el fallo. En las instancias previas al pronunciamiento, el abogado de la familia sustituta, Sergio Rodríguez, había adelantado que apelarían el fallo en caso de ser desfavorable.

EL FALLO. La jueza desestimó en todos sus términos el amparo promovido por Reina Hernández y Juan José Márquez contra el Inau, sin especial condenación, y archivó las actuaciones. La niña se queda con los padres adoptantes que determinó el Inau por las vías normales. La jueza sentenció que el código del niño y el adolescente. Es contundente: no permite adoptar niños si los interesados no cumplieron en tiempo y forma con  las obligaciones y procedimientos previstos; y además el único órgano competente para seleccionar y asignar familias adoptivas es el Inau a través de equipos especializados.

La doctora Campiglia considera que no se puede ordenar al Inau que inscriba a la familia sustituta como aspirante a adoptar niños y agrega que aunque lo hiciera, ello no habilitaría a esa familia a elegir el niño a adoptar.

Para la jueza, más allá de la situación emocional que el caso provoca en la población, no puede perderse de vista el superior interés de la niña.

El código establece que todo niño y adolescente tiene derecho a que se respete la privacidad de su vida.

El fallo expresa con dureza que quienes reclaman a mía, sometieron a la niña a los medios de prensa sin preservar su intimidad y su situación; y  no ofrecieron colaboración a los actuales tenedores de mía para que estos conocieran las costumbres y gustos de la niña, de manera de posibilitar la rápida adaptación de la niña.-

Dice la jueza que el comprensible duelo por el desapego y desarraigo que sufre la familia de acogida, no habilita la utilización del recurso de amparo para reclamar a la menor.

Dice también que "más allá de connotaciones emocionales, la Justicia debe atender el interés superior de la niña que es insertarse cuanto antes en un hogar que le brinde la contención necesaria para su desarrollo".

Aunque la jueza no duda que la familia de acogida dio esa contención, señala que esta familia sabía que dicha situación era provisoria tal como reconoció la propia cuidadora reina Hernández en la audiencia.

Expresa el fallo que apartarse de la ley por la vía excepcional del amparo  trasuntaría en perjuicio de la niña que pasaría a ser un trofeo a disputar entre la familia de acogida y la asignada para adopción por el Inau.-

La jueza también desestimó la pretensión de la familia sustituta de visitar a la niña por entender que son otros medios jurídicos, y no el recurso de amparo, los habilitados para resolver ese reclamo.

ACTUACIÓN DEL INAU. El fallo asegura que se puede constatar "el desprolijo actuar del Inau en todo el proceso"."No hay duda que existió un lento e irregular proceder" del instituto pero "esos aspectos no configuran una legitimidad manifiesta que habilite" la restitución de la niña para la familia sustituta, agrega la resolución.

En su fallo, la jueza responsabilizó al Inau de haber actuado con desprolijidad, irregularidad  y lentitud en todo el proceso de la menor.

En un fragmento de su sentencia, la jueza menciona cronológicamente las acciones que  fundamentan su dictamen en relación a la actuación del Inau.

Mía nació el 4 de setiembre de 2010 en dependencias del Hospital de Las Piedras siendo abandonada por su madre biológica.Las autoridades del hospital comunicaron ese hecho a la justicia el 10 de setiembre , disponiéndose en esa instancia la internación de la niña en dependencias del Inau el 14 de setiembre.

A los 5 meses y 10 días, el Inau comparece ante la Justicia que dispuso la integración de la niña con un matrimonio seleccionado por el departamento de adopciones.

Dice el fallo judicial, que “nada se expreso en ese momento en cuanto a que la niña se encontraba en un hogar de acogida”.En marzo del 2011, la Justicia dispuso efectuar informes psicológicos y socio- ambientales sobre la posibilidad de mantener a la niña con su familia de origen, pero ante la imposibilidad de ubicar a la madre biológica, el 5 de octubre se autorizo la integración de Mía a un matrimonio seleccionado por el departamento de adopciones del Inau.

La jueza subraya que pasaron otros tres meses y recién el 9 de enero de 2012, el Inau solicitó la efectivización de lo dispuesto el 5 de octubre.

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