INAU deberá desarmar "cárcel de metal" para menores infractores

Tras una inspección ocular, una jueza de familia prohibió el uso de contenedores para encerrar delincuentes juveniles porque afectan derechos fundamentales



El Instituto del Niño y el Adolescente del Uruguay (INAU) no podrá usar módulos metálicos para la internación de jóvenes infractores, a partir de un fallo de la jueza de familia, Estrella Pérez de Azziz. Según su sentencia, los módulos afectan los "derechos fundamentales" de una población vulnerable, informa esta mañana el diario El País.

La magistrada respondió así a un amparo solicitado por el fiscal civil Enrique Viana contra el Instituto del Niño y el Adolescente del Uruguay, y el Ministerio de Desarrollo Social (Mides).

INAU adelantó que acatará el fallo, pero lo apelará al no estar de acuerdo con el mismo.

El presidente del organismo, Javier Salsamendi, dijo que los contenedores fueron concebidos precisamente para lo contrario de lo que establece el fallo judicial. Según el jerarca, los refugios metálicos evitan la superpoblación de los centros de reeducación. Mirá el video.

El organismo había instalado dos meses atrás un dispositivo metálico en el predio lindero al Centro de Medidas Cautelares de General Flores y Bulevar Artigas.
Las autoridades del instituto tienen tres días para apelar la medida, informa El País.

"Nada de lo dispuesto en el ordenamiento jurídico universal se cumple al pretender internar a los adolescentes infractores en estos módulos, cuya simple visión agrede la sensibilidad de cualquiera, para la conciencia media del ser humano, aun de quien nunca (por razón de edad) estará internado allí", expresa la sentencia emitida ayer.

Pérez de Azziz señaló: "No le queda ninguna duda a la sentenciante, que la privación de libertad, el encierro de los jóvenes en los módulos ubicados en el predio sito en Bulevar Artigas y General Flores, lejos de cumplir con la finalidad tuitiva (de amparar o defender) del INAU, es un incumplimiento de las normas vigentes. Es un desviamiento del Estado de Derecho".

La magistrada sostuvo que "de la inspección ocular practicada a los módulos en cuestión, resulta que a simple vista (el solo hecho de verlos hiere la sensibilidad de cualquiera) los mismos son inadecuados para la internación de cualquier menor, incluidos los infractores.

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